12/12/08

Argentina: Alegatos de la querella unificada en el juicio a Von Wernich (III)

Dra. VERÓNICA BOGLIANO (HIJOS La Plata): Buenas tardes. Vamos a hacer la conclusión de este alegato, y vamos a hacer nuestro pedido de condena. Considerando el plan sistemático de exterminio, la masividad y los efectos devastadores que produjeron en toda la sociedad y en las generaciones venideras y la firme comisión de delito por genocidio, vamos a pedir la pena máxima prevista en la figura penal. Ha quedado acreditada la responsabilidad penal en todos los pasos del debate. Como condición policial y como sacerdote fue miembro de la estructura respectiva anteriormente descripta, siendo autor de los diversos hechos que hoy están siendo juzgados. Utilizó su rol de capellán como elemento de quiebre moral de los detenidos desaparecidos y de sus familiares, utilizó la influencia que ofrecía su condición sacerdotal para manipular, torturar, secuestrar y asesinar a los detenidos. Esta querella quiere resaltar que el imputado no sólo no cumplió con su deber de denunciar las torturas que veía en los centros clandestinos de detención, sino que con su aval como autor de todos estos hechos, avaló el genocidio ocurrido en Argentina. Señores conjueces: tienen la oportunidad de poner fin a la impunidad de este aparato represivo que como sociedad hace 31 años que aun estamos padeciendo. Tienen la responsabilidad de dejar constancia de que el genocidio en Argentina fue posible tanto para miembros de la iglesia, altos grupos económicos y grupos de civiles fueron parte esencial del mismo. Es fundamental que a través de esta sentencia se abra camino para que los procesos judiciales llamen de una vez por todas las cosas por su nombre y los hechos se juzguen por su verdadera naturaleza. Si ya este mismo Juzgado reconoció la existencia de un genocidio en la Argentina, lo que queremos es que se califique a los culpables por lo que son: genocidas. Así nos encontramos, hoy juzgando nuevamente a un criminal impune. Con la firme convicción de la necesidad de su condena pero también con la profunda tristeza de tener que unirlo con la desaparición de Jorge Julio a cuestas. No cabe duda que este juicio es indispensable, como tampoco caben dudas que la falta de justicia y castigo durante tanto tiempo ha permitido que la desaparición se siga ejerciendo en la Argentina como una herramienta de terror. Por eso se nos hace imprescindible terminar con la frustración permanente que significa la victimización de los testigos que se los ponen a riesgo y a merced de sus victimarios y se mueren de viejos en libertad impunes y sin confesar donde están nuestros hermanos apropiados y nuestros padres desaparecidos. Von Wernich no es solo responsable por 42 privaciones ilegales de la libertad, de aplicar 39 tormentos y 7 homicidios. Sino que como miembro del engranaje genocida, también es responsable por todas las victimas de este plan sistemático de exterminio por todos y cada uno de los que pasaron por los centros clandestinos de detención que el tuvo acceso. Es por eso, que nos resulta evidente que no puede caber otra pena al imputado que la reclusión perpetua. Este pedido de condena, como dijo la colega, para el caso del genocidio que nosotros pedimos, es la misma que se aplicaría para el caso de homicidio calificado, privación ilegal de la libertad y tormentos, todos considerados en concurso real. Estamos convencidos que en el presente proceso se han respetado todas las garantías constitucionales y procedimentales del imputado. En considerando, por todo lo expuesto, que el cambio de calificación propuesto respecto de la situación inicial el articulo 401 del Código de Procesal Penal de la Nación que le otorga al Tribunal la facultad de cambiar la calificación legal y no altera de manera alguna la condición procesal. Por ultimo, queremos dejar claro que los argumentos jurídicos vertidos durante este alegato responden de manera única e inequívoca a las particularidades que conceden al genocidia como crímenes de lesa humanidad y de derecho emergente cuya comisión solo es posible a través de la estructura del Estado. Por lo tanto, solicitamos que se condene a Christian Federico Von Wernich a la condena de reclusión perpetua en la calidad de autor del delito de genocidio conforme a lo normado en los artículos 2 y 3 inciso a) de la Convención para la Prevención del delito de genocidio. A todo esto, y si el Tribunal entiende de que si es necesario la indagatoria por genocidio previa, solicitamos que dicho compás sea expreso y claro en la sentencia que así lo establece en concordancia con los jueces de Primera Instancia en todas las causas contra todos los represores. De otra forma no se romperá el círculo perverso de tener un genocidio sin autor. En particular que ordene en el marco de las causas que se encuentren abiertas en todos los centros clandestinos de detención que encuentren a Von Wernich en este proceso como en Puerto Vasco, Comisaría 5ª, COTI Martinez, Destacamento de Arana, Pozo de Quilmes y Brigada de Investigaciones La Plata que liguen a Von Wernich por genocidio y por delitos contra todas las victimas que no se proceso y que estuvieron detenidos en esos centros clandestinos de detención. Este pedido encuentra su antecedente en el punto 30 de la parte respectiva de la sentencia de la causa 13 y de los juzgados realizados a los integrantes de las 3 primeras Juntas Militares. Dispuso la detención de los oficiales superiores que ocuparon los mandos de la zona y subzona de defensa durante la lucha contra la subversión y todos aquellos que tuvieron responsabilidad operativa en las acciones. Solicitamos, asimismo, que se deje constancia en el fallo del Tribunal que el Tribunal no abrirá su jurisdicción o declarará la nulidad de la elevación a juicio en que los imputados no hayan sido juzgados por genocidio o no hayan sido indagados por todos los delitos que surgen en la simple lectura del expediente. Esto lo invocamos en los términos del artículo 351 del Código Procesal Penal de la Nación. Solo así podremos poner fin a este círculo de obstáculos que nos vienen imponiendo en el laberinto judicial, terminar con el denegante -con el retardo o la denegación de justicia que significan los juicios actuales- y, como bien lo sentenció el Tribunal hace un año, cumplir de este modo con la obligación contenida en el célebre fallo “Velásquez-Rodríguez” en cuanto a su intensidad y seriedad, y no como una mera formalidad. En cualquiera de los dos supuestos, solicitamos que el imputado sea alojado en una cárcel común y ordinaria, atendiendo a la gravedad de los delitos cometidos y a los antecedentes registrados durante el debate. Debemos recordar que la actitud de este genocida frente a toda la sociedad denota a todas luces la interferencia de otorgar cualquier (beneficio). No es admisible que sigan existiendo privilegios procesales selectivos en cabeza de quienes han cometido los más graves crímenes contra la humanidad, como lo que dijera el Tribunal en el caso a Etchecolatz: “Un criminal de esa envergadura no puede pasar un día de los que le quedan de su vida fuera de la cárcel”. Es por eso que pedimos condena a todos los genocidas y justicia por todos los compañeros.


Alegatos de las otras querellas

DR. ALEJO RAMOS PADILLA: Gracias, señor Presidente. Antes de comenzar este alegato, debo señalar, anticipándome a alguna estrategia de la Defensa, que estamos juzgando a un hombre que desde hace muchos años se sabe que fue un activo colaborador de la dictadura militar. Es por ello que alcanza con leer el informe de la Conadep o, incluso, las comunicaciones que aparecieron apenas se recuperó la democracia. Sin embargo, por las razones que voy a exponer, fundamentalmente vinculadas a una estrategia de impunidad, llevada a cabo a veces desde el Estado y otras veces con la complicidad de este, recién treinta años más tarde tenemos la posibilidad de juzgar a este genocida, Christian Federico Von Wernich. Esta demora está presente en la Corte como elemento de la Defensa para reclamar su absolución o una pena más baja, porque, en todo caso, los únicos beneficiados con esta impunidad fueron Von Wernich y el resto de los represores que desde hace treinta años deberían estar presos. La impunidad a la que me refería tiene que ver con los indultos de Menem, las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, las leyes de amnistía, los levantamientos militares, los secuestros y las amenazas a los testigos, y la existencia también de muchos jueces y fiscales que se niegan a investigar estos crímenes; pero ahora se ha desplegado también desde los sectores más conservadores una estrategia tendiente a deslegitimar el avance de la Justicia. Se dice que nos mueve el rencor y la revancha, y se amenaza con querellar a ese abogado o a quien represento, el señor Jacobo Timerman, por haber solicitado la investigación de funcionarios civiles que estuvieron sentados acá hace dos semanas. Se publica en el diario “La Nación” y después se nos censura la respuesta. E, incluso, hay cuestiones más graves que atentan también contra el avance de la Justicia, como son las amenazas que sufrieron los testigos como Chicha Mariani, fundadora de Abuelas de Plaza de Mayo, a quien representé en el juicio a Etchecolatz, que durante el transcurso de ese juicio donde se conmemoraba el cumpleaños de Clara Mariani –a quien seguimos buscando-, tuvo que soportar que tres policías vinculados a Miguel Etchecolatz estuvieran infiltrados en ese acto de conmemoración. Ese acto fue el último al que asistió Jorge Julio López y a quien ya hace más de un año todavía estamos buscando. La estrategia de la derecha reaccionaria es clara: como no logran desvirtuar la prueba, entonces, pretenden alterar el juicio y a quienes los impulsan. No se crean que existe un sentimiento humanitario con el cura preferido de Camps, lo que ocurre es que saben que estamos dispuestos a reclamar la investigación de todos aquellos que fueron parte del genocidio en la Argentina. No es, entonces, señor Presidente, el reclamo de justicia una revancha movida por el rencor. Señor Presidente: simplemente, no vamos a aceptar la impunidad de aquellos que más daño le han hecho a nuestro pueblo con la tortura y el genocidio. Los juicios. El debido proceso, la defensa al juicio, el derecho a contar con un abogado de su confianza, constituyen la respuesta de un Estado garantizador de los derechos del hombre. Es la respuesta a un Estado de derecho. Es la respuesta que merecen todos aquellos que participaron en el terrorismo de Estado. Es al lugar al que habremos de llevar a estos hombres y que hoy pretenden impunidad, sean militares, civiles o miembros de la Iglesia católica. A estos hombres que levantaron centros clandestinos de detención, que llamaron proceso al plan de exterminio de personas que implementaron mediante secuestros, torturas y apropiación de niños es a quienes pedimos se condene. Me refiero a estos hombres que llamaron terroristas y subversivos a sus víctimas, cuando en realidad, quienes subvirtieron el orden democrático y ejercieron el terror por derecho, ellos se apropiaron de la voluntad del pueblo y de la dignidad de las personas. Señor Presidente, hasta el lenguaje nos robaron. Por eso, considero necesaria una respuesta institucional completa para que estos hechos no se repitan, porque la historia reciente nos habla de un sector fascista en la Argentina que no tolera la democracia, no tolera el Estado de derecho y, al menos, desde 1930, viene intentando con éxito el sometimiento del pueblo al mandato de algunos iluminados suprimiendo el Estado de derecho, las libertades individuales, los derechos humanos y la dignidad del hombre. En esta triste realidad, aparecen los hombres como Von Wernich, colaboradores del terrorismo de Estado que, al igual que otros miembros de la Iglesia Católica, capellanes y funcionarios civiles, pudieron hasta hoy eludir el accionar de la Justicia pese a su sabida y conocida participación en el genocidio argentino. El genocidio del que fue víctima nuestro pueblo y en el que participó Von Wernich, es un delito que afecta al derecho de gentes, que afecta y excede incluso el interés
nacional porque se trata de un delito de lesa humanidad y por eso, la obligación de las instituciones de la República, de los abogados, de los fiscales y de los jueces de afrontar con absoluto compromiso estas causas, fundamentalmente, ante las víctimas que ya no están porque fueron salvajemente asesinadas por esta dictadura. El caso que debo analizar, se refiere a la participación de Von Wernich en los centros clandestinos de detención, en especial Puesto Vasco y Coti Martínez, donde fue brutalmente torturado un periodista, el señor Jacobo Timerman, que publicara hábeas corpus y las acciones que en aquel entonces, organismos de derechos humanos realizaban para enfrentar a esta terrible dictadura. Pero es importante conocer cuál fue el contexto en que se produjo el secuestro de este periodista, ya que en aquellos años ’70, los periodistas que se animaron a denunciar las violaciones a los derechos humanos fueron víctimas de amenazas, secuestros, desapariciones, homicidios, muchos se tuvieron que exiliar, otros abandonar su profesión y no hace falta que me extienda porque fue clara la persecución a la prensa en aquellos años. Ejercer la profesión de periodista y denunciar violaciones a los derechos humanos, era, sin duda, la antesala de la muerte. Y aquí no puedo dejar de mencionar a Rodolfo Walsh que escribió la Carta Abierta a la Junta el 24 de marzo de 1977 y al día siguiente, nomás, fue cobardemente asesinado por quienes no resistieron en palabras la atrocidad de esos hechos. También me toca decir que no puedo dejar de mencionar el caso de la familia Mariani, que tenía una imprenta en su casa de la calle 30, que fue atacada brutalmente por lo que después voy a decir, por ese Grupo La Plata del que formaba parte Von Wernich, mataron a Adriana, al poco tiempo a Daniel Mariani y le robaron a su hija de tres meses de edad Clara Anahí, que seguimos buscando. Se perseguía a la prensa en todos sus niveles, ¿para qué?, para poder continuar con la clandestinidad que caracterizó a la dictadura militar, con la clandestinidad de los enterramientos NN, con la clandestinidad de los centros de detención, con las desapariciones, con los robos de niños, con el resto de los delitos de lesa humanidad que se llevaban a cabo desde el Estado. Por eso, es que considero importante investigar y condenar a quienes colaboraron en esta persecución a la prensa que, en el caso concreto, incluyó el secuestro y la privación ilegal de la libertad de Jacobo Timerman y las torturas de las que participó Von Wernich. Jacobo Timerman fue sin duda un gran periodista y también, el director de uno de los diarios más importantes de entonces. Su secuestro fue el modo que utilizaron para callarlo, para callar al grupo de periodistas que también desde este diario denunciaron graves violaciones a los derechos humanos y al mismo tiempo, aquel secuestro fue el modo de amedrentar a otros periodistas, porque no tenga dudas, señor Presidente, que estaba prohibido criticar a las autoridades de entonces, que estaba prohibido criticar a los genocidas. Y las denuncias por las violaciones a los derechos humanos que implican fundamentalmente, al grupo de Suárez Mason, Camps, Saint Jean, que conforman un área conocida como el Grupo La Plata, en el que participaba también Von Wernich, como relata el periodista Hernán Brienza en este testimonio que fue incorporado como prueba. De modo que eligió este grupo el secuestro y la tortura del director de un diario. Está probado que en estos hechos donde fabricaron pruebas, donde intervinieron policías, militares, sacerdotes y funcionarios civiles y más allá de la distribución de tareas que realizaron, queda claro que toda la actividad que desplegaron, incluso la que desplegó Von Wernich estuvo orientado no sólo a secuestrar y torturar, sino también a censurar definitivamente a aquel diario, un modo de callar a la prensa para continuar cometiendo delitos en la clandestinidad, los más graves delitos de lesa humanidad. Por eso que no creemos que sea posible descargar solo la responsabilidad penal a un cabo quien estaba a cargo de un centro clandestino de detención y eludir la responsabilidad del funcionario público, o del representante de la Iglesia Católica que concurría a ese centro clandestino de detención, conocía de las torturas y hasta las promovía. Eso, señor Presidente, no es compatible con la idea de justicia que no puede ser selectiva, sino que debe investigar y sancionar a todos los responsables de los delitos de lesa humanidad. Es necesario y no puede evitarse la detención de todos los que participaron en esta persecución a la prensa, aun cuando se arrimaron testigos, abogados que iniciaron causas penales o a quienes representen o sean defensores del diario La Nación como hace muy poco. Señor Presidente: está comprobado judicialmente que el día 15 de abril de 1977 Jacobo Timerman fue secuestrado, privado ilegalmente de su libertad, y conducido al centro clandestino de detención conocido como Puesto Vasco y Coti Martínez. Allí fue salvajemente torturado y recibió toda clase de apremios. Finalmente, tuvo que soportar un arresto domiciliario, fue expulsado del país y hasta la ciudadanía le quitaron. El diario, desde luego, fue intervenido y luego clausurado. Se trató, como dije, de un claro ataque a la prensa y va a quedar para siempre en los anales de la censura a la libertad de prensa. La materialidad de los hechos, es decir la existencia de los hechos por los cuales acusamos a Von Wernich se encuentran subrogados y pasados a calidad de cosa juzgada. Alcanza con leer la sentencia de la Causa 44 conocida como Causa Camps. El único que vio las torturas que recibió el señor Jacobo Timerman es Von Wernich, que lo hace públicamente y en defensa de su amigo Camps, a través de la revista Siete Días o a través de una carta que personalmente le envió a su amigo Camps y que figura en el libro que realizó para molestar justamente a Timerman. En ambas publicaciones reconoce que visitaba a los detenidos, que estuvo con Timerman en los centros clandestinos de detención, pero quizás un elemento que demuestra su participación en los hechos, ya que si recordamos el testimonio de ( ) la única función pastoral que puede cumplir un sacerdote en un centro clandestino de detención era denunciar las atrocidades que se estaban cometiendo. No hace falta, señor Presidente, que le recuerde al tribunal que todos los testigos de este juicio señalaron que Timerman fue salvajemente torturado y que además tenía signos evidentes de esa violencia en su cuerpo y que todo ello- como dije- se encuentra probado judicialmente. Lo que sí debo agregar es que Jacobo Timerman fue víctima de un ensañamiento especial por su condición de judío. Fueron muchos los testigos que declararon en esta circunstancia y esto, señor Presidente, debe ser recogido en la sentencia. En este sentido, los testimonios de Papaleo, Nazar, Destéfano, Miralles, Graiver, decían que existía un ensañamiento especial hacia los judíos. Papaleo fue más puntual y dijo que Timerman recibió más tortura que el resto por su condición de judío. Papaleo, también recordó que a Timerman lo tenían en una cucha. En síntesis, todos los testigos señalaron lo salvaje que fueron las torturas hacia el señor Timerman y solo Von Wernich sigue negando este hecho absolutamente comprobado. Esto demuestra la presencia, la participación, el rol que cumplía Von Wernich en los centros clandestinos de detención, donde está probado que Timerman fue torturado. La presencia de Von Wernich en estos centros de detención clandestinos es fácil de probar. Es reconocido por los testigos, incluso, hasta el propio Von Wernich lo reconoce y hasta Camps dijo textualmente: “yo tengo una persona que puede dar fe de los distintos lugares en los que estuvo el señor Timerman, porque lo visitó en todos estos lugares, es el padre Christian Von Wernich”. Así que este punto no puede estar en discusión, más allá de algún esfuerzo que hizo la Defensa a lo largo del juicio en sentido contrario. En lo que hace al rol que cumplía Von Wernich en los centros clandestinos de detención, se comprobó que no brindaba ningún tipo de asistencia espiritual, mucho menos con Timerman, que practicaba otra religión, sino que participaba de los interrogatorios antes, durante o después para quebrar la voluntad de los torturados exhortando a que confiesen. En este sentido, Timerman dijo que Von Wernich participaba de las torturas de su padre. Papaleo, decía que Von Wernich especialmente con Timerman, no venía en función de asesor espiritual, venía en función de interrogador. “Era un taquero vestido de cura”, dijo Ballent. La periodista Mona Moncalvillo dijo que este sacerdote estaba presente en las torturas; probablemente con frases que eran terribles como: “la vida de los hombres depende de Dios y de su colaboración”, recordó Velazco, decía Von Wernich en los centros clandestinos de detención. Señor Presidente, la picana no fue el único método de tortura que se utilizó y hoy está reconocido, incluso, jurisprudencialmente, que las torturas morales y psicológicas son tan graves como las físicas. Ballent y Miralles recordaban que Von Wernich les decía frases como: “confiesen lo que saben, así no los torturan más, es en beneficio de Dios y de la Patria”. ¿Qué otra prueba necesita el Tribunal, señor Presidente, para comprobar que estas torturas físicas y morales, además de las amenazas, que en este contexto son equiparables a la tortura? También se demostró en este juicio que este investigador vestido de sotana conocía las declaraciones extraídas bajo tortura. Es decir, no era un investigador improvisado. Esto surge del testimonio de Papaleo, cuando dice: “Von Wernich dio muestras de conocer bien lo que habíamos declarado antes de las torturas”. Miralles decía: “quienes se confesaban con el Padre, luego eran torturados por esas charlas”. También el propio Von Wernich, reconoció conocer las declaraciones extraídas a Timerman. Quiere decir, señor Presidente, que este sacerdote de la Iglesia Católica, no tenía ningún escrúpulo y utilizaba entonces su investidura sacerdotal para colaborar con la represión ilegal. Como también, señor Presidente, se comprobó que Von Wernich formaba parte de un grupo itinerante que recorría los centros clandestinos de detención con total acceso a los mismos y que era una suerte de un grupo de torturas. Ello surge del testimonio de Papaleo o de Taub que lo definieron como un cuerpo colegiado de la tortura y señalaron que el rol de Von Wernich era el de un agente de inteligencia. Le recordó en este juicio también a otros miembros de este cuerpo colegiado de tortura, por ejemplo, Eros Amilcar Tarella, el capitán Trimarco, como le gustaba que le dijeran. Y hoy, pese a haber torturado a muchas de las personas que están en esta sala, está en su casa con un arresto domiciliario, o Cozzani, el Beto, que desde Marcos Paz denunció que los funcionarios civiles Durrieu, Smart, Turrero, Ledesma, eran parte de un todo, o como lo conocían, el cura, y sacerdote, el otro eslabón de este cuerpo colegiado para la tortura. Tampoco me puedo olvidar del testimonio de Isidoro Graiver, que recuerda haber visto al ex ministro de Justicia de Videla, al ex ministro de Justicia de la Nación en un centro clandestino de detención y que existen un montón de testimonios que dan cuenta de la participación de Jaime Lamont Smart, la mano derecha de Saint Jean en estos centros clandestinos de detención. Y esto, señor Presidente, la intervención de sacerdotes o de juristas del más alto nivel en el genocidio no es la primera vez que ocurre en la historia de la humanidad. Resulta terrible tener que recordar que en uno de los peores genocidios de la historia de la humanidad, como fue el que sufrió el pueblo judío, durante la Segunda Guerra Mundial, dos de las cuatro unidades móviles de exterminio de la SS, las Aisatzgrupen, se encontraban precisamente a cargo de un sacerdote Artur Nebe y de un jurista Otto Olendorf, ni siquiera en eso fuimos originales. Estas unidades del terror nazi provocaron la muerte de más de un millón y medio de personas en 1941. También, como se verá seguramente en el testimonio de mis colegas, Von Wernich arengaba a los torturadores desde su particular forma de ver la religión y la política a las conductas criminales que se cometían en los centros clandestinos de detención y fuera de este. En este sentido, se lo cuenta el testimonio del ex policía Emmed que dice que Von Wernich tenía la sotana manchada con sangre y refiriendo al homicidio por el cual se lo juzga en este expediente, en este caso, dijo que lo que habíamos hecho era necesario, que era un acto patriótico y que Dios sabía que era para el bien del país. Esas fueron las palabras de este sacerdote de la Iglesia Católica. En síntesis, y antes de ingresar en la calificación legal, cabe señalar que se encuentra probada la existencia de un concierto de voluntades, un plan común del que participara el encausado, orientada a someter a las víctimas en el caso puntual a Jacobo Timerman a tormentos con el propósito de obtener información con una cabal distribución de tareas, tales como la aplicación de tormentos físicos, la interrogación y el apremio psicológico, realizado –claro está- por este grupo colegiado de la tortura, Ainsatzgrupen. Para ello se mantenía a estas personas privadas de libertad y recluidas en los centros clandestinos de detención donde diaria y constantemente eran torturados. La actividad, entonces desplegada por Von Wernich estaba destinada a quebrar la voluntad de los detenidos, amedrentándolos o exhortándolos a que confesaran con conocimiento de las declaraciones extraídas bajo tortura. El imputado también desde su lugar de capellán y con la sotana manchada de sangre sostenía y justificaba e incluso arengaba a quienes torturaban y cometían todos estos delitos de lesa humanidad, incitando de este modo a su práctica y reiteración. En el grado de participación de estos hechos debe ser calificado como el de coautor, desde que Von Wernich ha tomado a su cargo parte de la ejecución en el caso concreto coautor por distribución funcional de la empresa criminal. En definitiva, los hechos de los cuales fue víctima Jacobo Timerman sobre los cuales acusamos a Von Wernich encuadran en los delitos de tortura, previsto en el artículo 144 ter del Código Penal y privación ilegal de la libertad, previsto en el artículo 144 bis incisos 2) y 3), con el agravante del último párrafo desde que se dan todos los incisos del artículo 142 y los que concurren en forma real, todo ello en calidad de coautor. En relación a estos hechos que perjudicaron a Timerman reclamamos el máximo de la escala penal previsto en el artículo 144 bis y 142, con el agravante del último párrafo, sin perjuicio de señalar que como corresponde la imposición de una pena única y estos hechos concurren materialmente con los homicidios calificados y el resto de los delitos por los cuales fue acusado, habré de solicitar una pena única, teniendo en cuenta –insisto- los hechos que perjudicaron a Timerman y al resto de las víctimas. Entre los atenuantes y agravantes entiendo, señor Presidente, en primer lugar no hay eximentes, tampoco la defensa los invocó, no encuentro atenuantes de ninguna dimensión, los agravantes, en primer lugar, su condición de sacerdote de la Iglesia Católica que utilizó para torturar, arengar y justificar la tortura, la defraudación hacia la sociedad que tiene derecho a confiar en sus referentes religiosos, lo que implica una hipocresía que también debe ser sancionada severamente; la defraudación a la sociedad que debe confiar en los funcionarios públicos, rol que también cumplía Von Wernich en su condición de Capellán de la Policía de la provincia de Buenos Aires; la extensión del daño causado, y aquí tomo como agravante la censura a la prensa como un modo de mantener la clandestinidad y poder continuar cometiendo las violaciones a los derechos humanos. Y también en lo que hace a la extensión del daño causado considero que con su silencio sigue generando dolor, porque no informa el destino de las víctimas desaparecidas. En su caso, ni siquiera permite que se les dé cristiana sepultura. También considero otro agravante que, como se señaló en este juicio, se encuentra vinculado a la banda de secuestradores de niños que conformaban Camps, Etchecolatz y muchos represores que aún hoy no quieren decir dónde están, como son los casos de las nietas de Licha de La Cuadra y Chicha Mariani, fundadoras de Abuelas de Plaza de Mayo, que están presentes en este juicio, que todavía buscan a sus nietas Ana Libertad y Clara Anahí. Señor Presidente: antes de solicitar la pena debo recordar que hace un año estábamos discutiendo en este Tribunal si Etchecolatz debía cumplir su condena en el domicilio o en una unidad penitenciaria. Demostramos en aquel juicio que era una situación de injusticia e impunidad insoportables y que el régimen de la prisión domiciliaria no podía ni debía ser de aplicación automática. Después de este precedente que dictó el Tribunal logramos que muchos tribunales modificaran su posición, pero hay muchos otros que siguen manteniendo este régimen injusto que beneficia a los genocidas, como por ejemplo el capitán Trimarco que está mirando este juicio desde su casa. Pero, señor Presidente, en tal solo siete meses Von Wernich va a cumplir setenta años y no queremos que la Cámara de Casación o cualquier otro Tribunal dispongan que el reo Von Wernich vaya a su casa, porque consideramos que este criminal que cometió los más graves delitos de lesa humanidad tiene que cumplir un tratamiento carcelario prolongado en el penal de Marcos Paz o en el establecimiento carcelario que el Tribunal disponga. Existen argumentos jurídicos que son conocidos y no voy a reiterar en honor a la brevedad, pero es mi obligación dejar sentado en este punto para que sea tratado expresamente en la sentencia. Señor Presidente: quiero terminar señalando que la importancia institucional e histórica de este juicio no tiene que ver con el hecho de que se trate de un cura, porque existieron curas valientes, como Angelleli, Novak, Capitanio, a los que lamentablemente la Iglesia Católica abandonó, sino que la importancia histórica es que este juicio nos permite avanzar en la investigación sobre otros autores del genocidio que no usaban uniformes y analizar la complicidad y el comportamiento de algunas instituciones que hoy guardan silencio. Señor Presidente: la Justicia no puede ser selectiva, castigando a algunos y eludiendo la persecución de otros, ya sea que usen armas, sotanas o corbatas. Lo importante es que la Justicia llegue a todos aquellos que hicieron un aporte esencial al plan criminal que tanto dolor ha causado a nuestro pueblo. Ahora el Tribunal lleva ante la Justicia a este genocida, a este sacerdote de la Iglesia Católica. Por eso, solicitamos que por los hechos que perjudicaron al periodista Jacobo Timerman, y los siete homicidios calificados, las cuarenta y dos privaciones ilegales de la libertad y los treinta y un casos de tortura que se han probado y concurren materialmente si, se condene a Christian Federico Von Wernich a la pena única de reclusión perpetua, accesorias legales y costas.

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