5/8/07

Pablo Chargonia: informe de la Comisión para la Paz

Entrevista al Dr. (Abogado) Pablo Chargonia.

Luego que se conociera el informe de la Comisión para la Paz. “No puede haber ninguna ley, mucho menos una resolución que decrete la muerte y que eso tenga alguna incidencia en el plano penal”

Angeles: A la luz de lo que sucedió ayer, que sucedieron muchas cosas, no solo el informe de la Comisión para la Paz sino también el pronunciamiento de la máxima autoridad de la Suprema Corte de Justicia, todo el tema Juan Carlos Blanco con lo que mucho tiene que ver el Dr. Chargonia que es quien nos está acompañando esta mañana...

Chargonia: Muchas gracias por la invitación.

Angeles: Qué impresiones dar primeramente luego de conocer el informe de la Comisión para la Paz...

Chargonia: No hubo sorpresas, era lo que se esperaba.
Desde la Comisión de Derechos Humanos del PIT CNT junto a otras voces desde antes de la creación de la comisión para la Paz, cuando se hablaba de una Comisión de Notables sabíamos que el estado uruguayo no iba a hacer lo que debe hacer.
La resolución del Presidente que creó la Comisión para la Paz en base a la verdad posible y subrayo la verdad posible nos confirmaba que una tarea consistente en recibir información de militares que estuvieran dispuestos a brindarla no iba a arrojar resultados sustanciales y que los desaparecidos como es el caso seguirían desaparecidos.
El informe final lo que hace es confirmarlo, con algunos elementos que tal vez generan una especial duda.
En la medida en que se edifica una verdad oficial por un método que no es el adecuado, insisto, si los militares dan una información y esas son fuentes anónimas no es posible siquiera verificar si esa es la verdad o no la es.
Las fuentes son anónimas y nadie sabe quienes son.
Hace unos días atrás escuchaba al propio Dr. Wiliman integrante de la Comisión para la Paz sostener que él mismo no sabía con quienes había hablado Ramela o con quienes había hablado Gonzalo Fernández, me consta que es así.
La causa de muerte, la fecha de muerte no está verificada por datos que lo respalden, acá estamos hablando de víctimas del terrorismo de estado, no se puede verificar por fuentes anónimas y considerar que este tema está terminado porque murió en tal fecha.
Debemos preguntarnos quienes son esas fuentes y debe intervenir el Poder Judicial porque la muerte debe probarse judicialmente, así funciona un estado democrático de derecho, de otra manera no puede ocurrir.
Recuerdo la experiencia de la mesa de diálogo en Chile que fue una gran frustración para los familiares de detenidos desaparecidos, en esa ocasión los militares como corporación a diferencia de lo que ocurrió en el Uruguay, las FF.AA. como tal aportaron información, el Uruguay no, en Chile sí pero esa información se descubrió falsa pocos días después, se señaló que los desaparecidos habían sido incinerados sus cuerpos y arrojados al mar, pocos días después se descubren tumbas clandestinas con la intervención judicial y con el impulso de las Organizaciones de Derechos Humanos.
Eso genera un nuevo acto de tortura psicológica para los familiares de los desaparecidos que no contaban con información y además con la mesa de diálogo que daba una información falsa que es peor.
Estamos en presencia de un método similar, ignoramos quienes son las fuentes, no sabemos si están más o menos vinculadas a los propios delincuentes, a los propios terroristas, a los propios violadores de DD.HH. y en consecuencia no podemos aceptar como acaba de hacer el Presidente de la República al resolver según la resolución de anoche que esa es la verdad oficial, no se puede aceptar hasta que no haya un análisis de cuáles son las fuentes, hasta que no aparezcan los cuerpos y hasta que no se indague nombre y apellido para saber si el testigo que dice lo que vio es convincente o si su testimonio es creíble.
Eso con una fuente anónima no se puede hacer.

Angeles: Con qué certeza quedas después de que se entrega este informe, se cierra todo el espacio de lo que fue la Comisión para la Paz, se ha dicho que hay una Comisión que va a quedar, no se ha dicho quienes van a quedar en ella, pero una Comisión que va a seguir trabajando.
Pensás que se cierra el libro de la Comisión para la Paz...


Chargonia: Me parece y lo manejamos en la Comisión de Derechos Humanos del PIT CNT que hay una operación política de punto final aunque los términos no se digan así porque políticamente sería inaceptable, pero la operación conduce a eso.
Lo que hacía Sanguinetti era otra cosa, era negar todo y que Batlle y el "Estado del Alma" utilizara una estrategia distinta, pero no sustancialmente distinta.
El Ley Motive de la Comisión para la Paz como creación del Presidente de la República es tanta verdad como la impunidad permita, de modo que no se logro la verdad, si no se podía dar nombre de represores, si no se podía molestar a los militares involucrados en los DD.HH. las posibilidades de acceso a la verdad eran escasas.
En ese marco esta operación política da toda la impresión que pretende poner un punto final, no se qué se resolverá, hay algunas especulaciones de próximos pasos del Poder Ejecutivo en el sentido de proteger a Blanco, a Bordaberry, a los correligionarios del Presidente.
El único terrorista que ha estado procesado hasta ahora gracias al empuje de Tota Quinteros y nunca dejo de decirlo porque es así, gracias a su insistencia ante la justicia es un correligionario del Presidente, eso no hay que soslayarlo.
Analicemos los pasos que de el Presidente en protección de alguien de su propio partido que está actualmente procesado.
El discurso del Presidente de ayer era de cierre, hasta acá llegamos, en los últimos 40 años, desde el 62 a acá, referían a la idea de ratificar la teoría de los dos demonios, emparejar la violencia e insubordinación del Movimiento Tupamaro con el terrorismo de estado, son totalmente distintas las situaciones y porque además los efectos de las acciones de unos y otros son distintas, unos estuvieron 12 años presos en situación de tortura en un centro de concentración y los otros no estuvieron ni un solo minuto detenidos.
Sin embargo el Presidente de la República al insistir una y otra vez en los problemas que hubo en este país en los últimos 40 añosa trata de ratificar esa idea de los dos demonios y no fortalece la noción de terrorismo de estado y violación de los DD.HH. que es una noción que debe insistirse.

Angeles: Hoy hay un acto oficial y van a haber declaraciones seguramente, y se referirán a este tema.
Ayer desde Familiares en la conferencia de prensa se le pedía a los periodistas que no dijeran que se habían declarado muertos a los Desaparecidos sino que la Comisión expresó su convicción de que estaban muertos, ¿cuál es la diferencia?...

Chargonia: Es que precisamente no pueden verificar, la convicción surge de la credibilidad que los integrantes de la Comisión para la Paz otorgan a las fuentes que recibieron, pero no lo pueden probar.
La muerte se prueba con el cuerpo y con una pericia del médico forense, no cualquier médico tampoco, en las sociedades organizadas las pericias las realizan médicos del Instituto Técnico Forense.
Eso se hace porque estamos en presencia de situaciones muy graves, víctimas de un homicidio, del terrorismo de estado, no pueden declararse por un rumor o por una conversación informal con alguien que no puedo decir quién es una circunstancia tan grave como la muerte.
El caso de los desaparecidos, cuando ocurre una muerte no natural son los médicos del Poder Judicial los que intervienen y certifican la muerte, de otra manera no puede admitirse.
Eso es así para cualquier caso de muerte no natural, para este caso debe serlo también.

Angeles: Algunos en el debate político preguntan ¿piensan que están vivos?, si ya sabemos que están muertos.
¿Qué responder ante un argumento de ese tipo?...

Chargonia: Es que debe de intervenir el Poder Judicial aún cuando todo el mundo piense que están muertos, recién leía en el diario de que Sara Méndez decía que nadie alberga expectativas hacia que estuvieran vivos los adultos al menos desaparecidos, pero es que debe de intervenir la institucionalidad, de otra manera estamos otorgando a la mafia militar que ha hecho silencio desde que los hizo desaparecer hasta ahora consumando un delito permanentemente en una renovación criminal que llega hasta el 2003 cuando no dan información acerca del paradero de los desaparecidos, no pueden quedar ajenos a la intervención judicial normal, sino estamos en presencia de situaciones de facto en un régimen de derecho, si es así vamos a decirlo claramente.
La Alta Corte de Justicia de Chile, que es un organismo insospechable de revanchismo de izquierda formado por jueces que hicieron su carrera durante el pinochetismo, ante el procesamiento de los fueros de Pinochet que era Senador Vitalicio, se analiza el desafuero y se le quita para permitir el procesamiento señalando que fue responsable de secuestros, de privación de libertad o de desaparición forzada.
Había habido en Chile lo que se llamó la Caravana de la Muerte, un comboy de las fuerzas de represión que iban pueblo por pueblo ejecutando militantes de izquierda y sindicales, pero en algunos casos los cuerpos no aparecieron.
Fue por estos casos que a Pinochet le sacan los fueros parlamentarios, estas personas, estos militantes estaban desaparecidos y como había una ley de impunidad, de auto amnistía, análoga a nuestra ley de caducidad de la pretensión punitiva del estado la Alta Corte de Justicia de Chile razona de la siguiente manera, dice más o menos textualmente "lo que todo el mundo piensa es que estas personas están muertas, pero no hay verificación judicial, en consecuencia la ley de impunidad no funciona, no se aplica...", a Pinochet lo procesan por eso.
Trasladando esas ideas acá podemos decir exactamente lo mismo, lo que todo el mundo piensa es una cosa, pero lo que se verifica o no se verifica judicialmente es otra cosa distinta, esto importa a los efectos del procesamiento de Blanco y eventualmente otros procesamientos la ley de caducidad solo ampara los delitos cometidos hasta el primero de marzo del 85.

Chury: Qué te parecieron las palabras del Presidente de la Suprema Corte de Justicia...

Chargonia: Acá hay que señalar el tema de la ausencia por desaparición forzada que es otra cosa distinta a la declaración de muerte que no tiene ningún efecto en el plano penal.
En Argentina se aprobó una ley impulsada por las asociaciones de familiares de detenidos desaparecidos de ausencia por desaparición forzada con el efecto en el ámbito patrimonial, sucesorio, de estado civil, pero sin ningún efecto en el plano penal.
Esto hay que distinguirlo muy claramente, una cosa es ausencia y otra cosa es la declaración de muerte que pudiera tener alguna incidencia en el plano penal.
No puede haber ninguna ley, mucho menos una resolución que decrete la muerte y que eso tenga alguna incidencia en el plano penal.
La muerte es un hecho histórico que debe ser verificado por los magistrados en un estado de derecho.

Chury: El Poder Ejecutivo el fin que busca parece que es crear los ámbitos que conduzcan a la liberación de Juan Carlos Blanco y evitar de que Bordaberry corra con la misma suerte.
Qué caminos puede seguir el Poder Ejecutivo, no es meterse en la jurisdicción de otros poderes...


Chargonia: Sí, eso aparece en la escena.
Yo creo que el Poder Judicial tendrá que jugar un rol que no lo ha jugado todavía, pero que lo tiene que hacer, en el período post autoritario, todos los poderes judiciales, en los primeros años no actúan en defensa de la democracia, esto se analizo en la Alemania Nazi, los jueces eran timoratos a la salida de los períodos autocráticos, formados en la propia autocracia, no tenían empuje ni coraje para ejercer el control sobre el poder, pero con el paso del tiempo la situación cambia, así como hubo procesamientos en Chile, en Argentina que se llegó a anular la ley de obediencia debida y de punto final, anularla por los jueces.
Creo que el Poder Judicial en Uruguay tiene que asumir sus fueros, me da la impresión que el Poder Ejecutivo va a presionar al Poder Judicial, va a enviar mensajes y tendrá que ser el Poder Judicial el que sostenga somos un poder independiente, aplicamos la ley y si la ley de impunidad para los civiles y para los delitos permanentes no se aplica, pues no se aplica.

Angeles: Habrían hallado en Argentina una fosa común con cadáveres de desaparecidos.
Un grupo de antropólogos argentinos encontró en un cementerio de Córdoba una enorme fosa común con los restos de 40 personas que por los signos de lesiones en los huesos podrían ser desaparecidos de la última dictadura militar, dice que están seguros si bien tienen que trabajar, están seguros de que varios de ellos pertenecen a personas desaparecidas.
Es el mismo equipo que trabajo en la búsqueda de los restos de Ernesto Che Guevara en Bolivia, en la búsqueda de fosas en Bosnia y en los Balcanes.
Dice un especialista de este grupo argentino de antropología forense que hasta ahora esta es la mayor fosa hallada en Argentina, algunas chapas que llevan atadas en las muñecas algunos de los esqueletos corresponden a una identificación que ponían en la morgue durante la dictadura.
También se guían por las edades de las víctimas y por las lesiones que se observan por lo menos a primera vista.
Dicen que la tarea no va a ser fácil y finalmente señala un número importante de cuerpos de desaparecidos fueron arrojados de aviones al Río de la Plata y la mayoría no se va a recuperar nunca más...


Chargonia: Es un dato, este trabajo demuestra que a pesar del tiempo se siguen encontrando cosas y que no hay que dar por cerrada ninguna etapa ni dar por buena la versión de la incineración de todos los cuerpos, tanto la experiencia de Chile como la Argentina demuestra que hay que seguir indagando.

Angeles: Es raro que se hubiera dado la misma solución a todos los desaparecidos del Uruguay...

Chargonia: Suena raro.
Fue lo mismo que pasó en Chile, cuando dijeron que todos habían sido arrojados al mar.

Angeles: El tema Juan Carlos Blanco, hay que hablar de todo el bochinche que se ha armado en estos días sobre una nueva ley, una ley complementaria de la Ley de Caducidad que proteja a los civiles, se ha dicho que todo eso tiene nombre y es Juan Carlos Blanco, también el de Bordaberry.
Cuál es la situación actual de Blanco...


Chargonia: Pienso que es improbable que haya una ley de impunidad para abrir la puerta de la Cárcel a Blanco, no imposible pero improbable.
En primer lugar para una ley de esa naturaleza se necesitan votos y me da la impresión de que no están en el Parlamento, se necesitarían mayorías especiales para lo que es amnistía como para lo que es un indulto en caso de que hubiera una condena.
Sería poner al estado uruguayo en situación de ser denunciados ante organismos internacionales por incumplimiento neto y claro de la Convención Interamericana de la Desaparición Forzada que le exija al estado uruguayo hacer totalmente lo contrario a lo que se pretendería en una ley de impunidad 2.
Lo que debe hacer el estado desde el año 96 cuando se comprometió a perseguir el delito es adoptar todas las medidas legislativas para perseguir el delito y sancionar a los responsables y todas las medidas necesarias para que esto no ocurra.
Si el estado uruguayo aprueba esa ley se pone en la situación de ser juzgado por organismos internacionales.
Sería contradictorio con lo que ratificó el año pasado el estado uruguayo en el estatuto de Roma de la corte Penal Internacional, el Poder Ejecutivo acaba de elaborar un proyecto de ley de complementasión del estatuto de la Corte Penal Internacional que prevé una pena máxima de 30 años de penitenciaría para los autores de los delitos de lesa humanidad.
Tendrá que aprobarse en su momento, en tal caso se daría una frontal contradicción entre sus compromisos internacionales y con esta propuesta de la impunidad 2.
Sería sometida a plebiscito y a nadie se le escapa que la situación hoy en el 2003 o 2004 es completamente distinta a la de 1989 cuando triunfo el voto amarillo.
Me parece que por esa vía no se va a obtener el efecto que se quiere aunque pueden haber otros mensajes al Poder Judicial, resoluciones, decretos, alguna otra forma.
En el caso de Blanco que está actualmente procesado por el delito de privación de libertad especialmente agravado es un caso, un expediente que se perdió varias veces.
Se comenzó investigando en el Ministerio de Relaciones Exteriores, tal vez la única investigación seria que se hizo en el marco del artículo cuarto, los fiscales militares en la época de Sanguinetti no investigaron nada, solo una payasada de preguntar en los cuarteles si conocían casos de desaparecidos y les contestaban que no, a eso le llamaron investigación.
En el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores hubo una abogada instructora que llegó a saber que Blanco, Guido Miquelin Salomón, Alvaro Alvarez y Julio César Lupinachi, estos 4 funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores participaron en la desaparición forzada de Elena Quintero.
Ese expediente que tenía esta prueba fuerte y pesada de la responsabilidad de un delito de lesa humanidad en el 89 la enviaron al Presidente de la República quien tenía que comunicárselo a la madre de Elena, a los familiares, como decía la ley.
Nunca se lo comunico, el que recibió el expediente con la prueba que involucraba a Blanco y lo escondió, ese Presidente era Julio María Sanguinetti, el mismo que le había prometido a Tota Quinteros que iba a hacer todo lo posible por esclarecer el caso de Elena Quinteros, mirándola a los ojos.
Vio que en el expediente había pruebas gravísimas contra su correligionario, e insisto en esto, escondió el expediente al punto de que fue Tota la que tuvo que en la administración Lacalle a rescatar ese expediente, y esto que digo está probado.
El expediente está en Presidencia de la República sin ninguna actuación.
Durante la presidencia de Lacalle el secretario de la presidencia dice el expediente está acá pero no se hizo nada con esto, fue así que con la participación de periodistas que han hecho una labor en todas estas cuestiones muy importantes, a falta de otras investigaciones el periodismo ha ocupado un lugar que también deberían ocupar otras instituciones del estado.
Eso se rescata por esta vía, en ese momento Blanco era senador de la República por el Partido Colorado, hay una Comisión que analiza si tenía una causa de indignidad para el desafuero o no, los Colorados y la mayoría de los nacionalistas votaron a favor de Blanco quien termina su mandato sin ninguna consecuencia pero el expediente pasa a la justicia penal por la denuncia de los senadores del FA.
La presidencia de Sanguinetti no hizo absolutamente nada, salvo esconder el expediente, Lacalle entrega el expediente a Tota Quinteros y luego de la denuncia de los senadores en minoría de aquella Comisión el expediente también se pierde, duerme durante 10 años en la justicia penal entre la jueza y la fiscal de aquel momento que no son las actuales, buscaban documentos que estaban en el expediente sin ninguna resolución, ni a favor ni en contra, nada, termina también escondido en un archivo.
Cómo se descubre eso, con la acción de amparo de Tota Quintero por el derecho a la verdad que se inicio hace unos años atrás, va ante la justicia, reclama el derecho a saber y que el Ministerio de Defensa investigue.
El Ministerio de Defensa para decir no señor, no voy a investigar nada porque esto ya se investigo tira en la mesa una cantidad de expedientes entre los que encontramos ese expediente con la prueba contra Blanco y advertimos que no tenía ninguna resolución, es así que solicitamos en ese archivo, aportamos nueva prueba y esto da lugar al primer procesamiento, con otro juez y con otra fiscal y con la reciente ratificación del Tribunal de Apelaciones en lo Penal, o sea que no es solamente el juez Cabali quien el diario El País lo insulto desde sus editoriales ni su fiscal a quien García Pintos la persigue como si se tratase de la policía política del peor oscurantismo, la ha acusado de haber tenido actividades de no se qué especies en el año 68, pero el Tribunal de Apelaciones en lo Penal sostiene lo mismo que el Juez, que la fiscal y lo mismo que sostienen las organizaciones de Derechos Humanos.
Los Civiles no están amparados, el delito permanente tampoco está amparado porque la ley de caducidad tiene marcos.

Chury: Lo del Tribunal fue un hecho muy relevante en todo esto...

Chargonia: Creo que es singularmente importante, al Tribunal no se le escapa ninguna de las cuestiones que están en juego, por supuesto en esta etapa del proceso que es analizar si el auto procesamiento debía confirmarse o no.
Se inicia el proceso que terminara en una condena de sentencia o absolución, pero en esta etapa está claro que la ley de caducidad no puede actuar y es un dato de un Tribunal de Apelaciones en lo Penal con la unanimidad de sus miembros singularmente importante.

Chury: La defensa de Blanco en qué baso sus argumentos...

Chargonia: Básicamente se ha apelado al espíritu de la ley, no es un método de interpretación que se admite en nuestro derecho, nuestro texto de la ley es claro, no se puede desatender el tenor literal.
El texto de la ley es claro y lo ha ratificado el Tribunal de Apelaciones en lo Penal en la medida que se refiere a policías y militares equiparados y asimilados.
Por otro lado es claro cuando utiliza la preposición "hasta", que significa una fecha de culminación de una ley hasta el primero de marzo del 85 y el delito permanente que se consuma hasta que aparezca la víctima, la apelación solo podía ser al espíritu porque la ley contradice esta situación.
Es un argumento que se ha utilizado por la defensa, la diferencia entre autor y co autor, se ha utilizado también por parte del Vise Presidente de la República, pretendiendo con esto señalar una situación de injusticia de la que sería víctima Blanco.
Blanco está procesado por la maldad de sus actos, ser autor o co autor para la ley penal es lo mismo, el monto de la pena es igual para el autor que para el co autor, si hay una injusticia debe resolverse metiendo presos a los autores también, ese sería el camino.
La defensa pretendió presionar a los magistrados, da la impresión, en un posible enfrentamiento con otros poderes, no quedaba claro cuales, se supone que el poder militar en tal caso no hay un poder militar en un estado de derecho y hay que enfrentarlo.
Otra de las defensas fue la misma que tuvo Pinochet y no asombra en lo absoluto, a Pinochet se lo defendía, el propio genocida se defendía diciendo soy un homicida no soy un secuestrador para quedar amparado por la ley de auto amnistía por este tema de las fechas.
En el caso de Blanco se insiste en que a Elena Quinteros se la secuestro y se la asesino, es patético pero es la defensa que tienen los genocidas y los terroristas de estado para zafar a las responsabilidades que tienen con la ley y con la sociedad.

Angeles: Andrés pregunta si una vez que llegue el Frente Amplio al gobierno si no se pueden reabrir los casos...

Chargonia: Pienso que si se desarrollan estas nociones de delito permanente se deben reabrir los casos con ese gobierno o con cualquier otro en la medida que está sólidamente fundado por el estado actual del derecho internacional de los DD.HH. donde sistemáticamente se sostiene que estos delitos no deben quedar sin juzgamiento.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA hay posiciones muy firmes en cuanto a la validez o no validez jurídica de las leyes de auto amnistía o impunidad, para este organismo estas leyes carecen de validar jurídica, no se deben aplicar por ser violatorias del pacto de San José de Costa Rica.
En marzo del 2001 hubo un fallo interesante en el caso Barrios Altos de Perú que en la dictadura de Fujimori asesina a una cantidad de personas reunidas y luego sanciona dos leyes de impunidad, llevado el caso a la Corte Interamericana considera que no es válida por violación del pacto de San José de Costa Rica, lo mismo dijo la Comisión Interamericana de DD.HH. en relación a la ley de caducidad de pretensión punitiva del estado en 1992, no es válida por violar la Convención Americana de DD.HH., los artículos 8 y 25 que refieren a la posibilidad que tienen la víctima o el familiar a ir a la justicia.
Aclaro, en el 92 el tema quedó allí,quizás haya una responsabilidad de los promotores de los DD.HH. en ese momento de no insistir en otros caminos porque después de la Comisión se puede ir a la Corte que ordena.
Hay suficiente opinión jurídica, fallo jurisprudencial, en la región, en organismos internacionales como para establecer que estas leyes de impunidad deben ser desaplicadas por violatorias del derecho internacional de los DD.HH., en todo caso la noción de delito permanente puede reabrir casos para militares y policías involucrados.

Chury: Dora dice que Sanguinetti tiene miedo porque está involucrado en crímenes de la dictadura y si ganara el FA se le investigaría.
El ocultamiento de esos expedientes que se hizo durante el gobierno de Sangunetti, no es una violación por más que sea el Presidente de la República...


Chargonia: Creo que sí, allí hay otro tema que podría ser el juicio político, lo que podía hacer Tota Quinteros es otra cosa, en el Juicio Político se supone que es el Parlamento quien tiene que actuar.
Cuando el Presidente deja de ser tal hay otros temas, si hubo encubrimiento, delito contra la administración de justicia por no denunciar, es posible que lo haya habido, de todas maneras hubo términos de prescripción y hay que señalar un tema político y sociológico, que durante la administración Sanguinetti este tema ha quedado enterrado, es verdad que hubo poca gente durante mucho tiempo, entre ellas Tota Quintero en la soledad absoluta reclamando y buscando pero no había en la agenda política por no decir que algunos claudicaron que es muy fuerte una intención de insistir en ciertos temas.
Por tanto algunos tiempos fueron desatendidos y desaprovechados.

Angeles: Cuando se plantea de que hay nombres y apellidos como Blanco o Bordaberry, se puede pensar que haya algún otro expediente escondido o que haya otros procesos que puedan reaparecer...

Chargonia: Aprovechando este tema de los datos de la Comisión para la Paz que maneja el propio Presidente de la República ahora se abre una responsabilidad del propio Presidente de comunicárselo a la Suprema Corte de Justicia, no hacer lo que se insinúa que es evitar los juicios sino que es exactamente lo contrario.
En conocimiento de un delito, de la supuesta cremación que no sabíamos, de la supuesta cremación de los cuerpos y de que se hayan arrojado cenizas al mar está obligado cualquier funcionario público y el Presidente de la República a dar cuenta al Poder Judicial.
Lo que se exige por la Constitución y la Ley no es detener expedientes y procedimientos sino impulsarlos.
Cuando se habla del tema de la incineración se recuerda lo que se llamo la operación zanahoria, un patético nombre que le dieron los militares al acto de exhumar cuerpos de desaparecidos al final de la dictadura para darles otro destino.
No tenemos verificación de eso.
En el año 96 el Senador Michelini denuncio la operación zanahoria ante un juez penal quien decidió que había que investigar y hace una interesante resolución que dice ante la ley de impunidad que es absolutamente excepcional y el Código Penal y la Convención de DD.HH. yo tengo que actuar en base al Código Penal, tengo que investigar.
El problema fue que allí actuó una fiscal que apelo esa decisión.
El Juez Reyes en ese momento era juez penal, hoy es juez civil y el Tribunal de Apelaciones en lo Penal decidió a favor de la fiscal, el tema fue al Poder Ejecutivo que como hizo sistemáticamente inclusive en la "operación zanahoria" archiva el expediente.
Entonces quedamos sin saber entonces porque la justicia no pudo actuar si efectivamente hubo como se dice en el año 84 u 85 una exhumación de cuerpos.
Ese es otro dato para que los procesos judiciales prosigan.

Angeles: Han sucedido hechos que llevan a confusiones, el año pasado se pedía la extradición de Gavazo y de otros militares desde la Argentina, era Opertti que opinaba sobre el asunto cuando tendría que haber sido la Justicia, es clara la separación de las potestades de cada Poder...

Chargonia: Creo que es clara.
Cuando Opertti era profesor de la Facultad de Derecho, cuando quería aspirar a la Cátedra hace muchos años atrás, escribió una tesis que sostenía que el Poder Ejecutivo era un mero mensajero entre la justicia de un país y la justicia de otro, pero cuando llega a Ministro hace cosas distintas.
Viene la solicitud de extradición de la justicia argentina y no la remite a la justicia uruguaya como corresponde.

Angeles: Eso quedó así como así...

Chargonia: Hasta donde nosotros sabemos no se le ha dado trámite, tenemos la información de que la justicia argentina ha solicitado la extradición de Gavazo, de Cordero y de otros represores por la operación Cóndor.
Hay un expediente en la justicia argentina donde se analiza la desaparición forzada de personas entre otras está la denuncia de Sara Méndez por la desaparición de Simón Riquelo.
El juez argentino quiere actuar, la justicia argentina tiene muy claro que los delitos permanentes hacen inaplicable a la ley de punto final y de obediencia debida que estas leyes por violatorias además del pacto de San José de Costa Rica no pueden aplicarse, las desaplica y quiere que comparezcan los represores uruguayos que en el marco del plan Cóndor secuestraron en Automotoras Orleti, pero los represores uruguayos están acá, en este país que parece un santuario de terroristas.

Angeles: Después de la dictadura, todo lo que ha pasado con Chile que ha venido hasta un juez chileno a escuchar los interrogatorios de la justicia uruguaya porque pide colaboración de Uruguay quien tampoco colabora con Chile...

Chargonia: En la región Uruguay está muy atrasado en estos temas que uno aspira a partir del procesamiento de Juan Carlos Blanco que cambien.
La distancia entre la jurisprudencia chilena y argentina en situaciones análogas a la ley de caducidad de pretensión punitiva del estado, es muy grande.

Angeles: Una versión que aparece en Brecha de hoy que dice que se va a buscar un camino para liberar a Juan Carlos Blanco, se va a firmar que el juez de la primera instancia Eduardo Cabali debió haber remitido el expediente al Ejecutivo, omitió hacerlo y se le reclamará que ahora cumpla con esa obligación, que cuando lleguen los expedientes al Edificio Libertad será Batlle quien analice si el caso estará amparado o no por la ley de caducidad.
Eso es posible...


Chargonia: Yo creo posible solamente el envío de un mensaje que es lo que se está insinuando, un mensaje del Poder Ejecutivo al Poder Judicial, le cabrá al Poder Judicial defender la independencia de los poderes y sus propios fueros.
Si había una ley con nombre y apellido en este caso es una intención con nombre y apellido.
"Tráigame el expediente de Blanco que yo como Sanguinetti lo voy a hacer desaparecer".
Evidentemente esa movida es para declarar que Blanco está amparado por la ley de caducidad y dejarlo libre.
Es tan obvia la intención que no merece más análisis.
Pero no se puede hacer en la medida en que las partes en el proceso son el Juez, el Ministerio Público y ni el Juez ni el Ministerio Público consideran que deben remitir el expediente al Poder Ejecutivo, deben ejercer y están ejerciendo su jurisdicción, la competencia de aplicar las leyes y están aplicando el Código Penal que es la ley que se trata de ocultar detrás de la ley de impunidad y que no debe ocultarse.
En el Código Penal existe el delito de privación de libertad especialmente agravado y es por eso por lo que se está procesando a Blanco y punto, no se aplica la ley de impunidad en ninguna de sus normas, no la aplica este juez, ni la anterior jueza que tenía a su cargo este caso, no lo aplica la fiscalía, no lo considera el Tribunal de Apelaciones en lo Penal.
Es decir que el sistema no considera que el asunto vaya al Poder Ejecutivo para que este lo archive.

Angeles: Se puede pensar que de la parte acusadora se tome alguna iniciativa...

Chargonia: En este momento no hay más que anuncios, el proceso sigue sin ninguna otra consecuencia como cualquier otro proceso.
Blanco tiene la oportunidad que no le dio a Elena Quinteros de defenderse, tiene el marco del debido proceso y hacer toda la actividad en su defensa y no hay otra cosa para hacer en el proceso.
Sí hay en el sentido de indagar en el paradero de Elena Quinteros porque cada vez que un juez asuma competencia en un delito lo primero que tiene que hacer es tratar de hacer cesar la condición de víctima, en este caso eso supone localizar a Elena Quinteros y aportar todos los datos que conduzcan al esclarecimiento del caso y a la responsabilidad tanto de Blanco como de otros civiles o militares que puedan permitir otros procesamientos.

Angeles: Le agradecemos mucho la presencia al Dr. Chargonia...

Chargonia: Un placer.



CX36 - 11/04/03

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