19/9/08

Informe de la CIDH: 14 de Diciembre de 1979 (IV)

Capítulo III
El problema de los desaparecidos


A. Consideraciones Generales



1. La CIDH en los tres últimos años ha recibido un número apreciable de denuncias que afectan a un grupo considerable de personas en la República Argentina, en las cuales se alega que dichas personas han sido objeto de aprehensiones en sus domicilios, lugares de trabajo, o en la vía pública, por personal armado, en ocasiones uniformado, en operativos que por las condiciones en que se llevaron a cabo y por sus características, hacen presumir la participación en los mismos de las fuerzas públicas. Con posterioridad a los hechos descritos, las personas aprehendidas desaparecieron sin que se tenga noticia alguna de su paradero.

La Comisión, de acuerdo con sus disposiciones reglamentarias, ha venido tramitando los casos individuales correspondientes a las denuncias presentadas, transmitiendo al Gobierno de Argentina las partes pertinentes y solicitándole que suministre la información respectiva.

La Comisión considera de vital importancia, en relación a la observancia de los derechos humanos, presentar en este Capítulo un análisis de este fenómeno, cuyas implicaciones morales, familiares, sociales y jurídicas están afectando hondamente a la sociedad argentina.

Obran en poder de la Comisión listas con nombres, fechas y otros datos, y varios estudios sobre este problema. Sin entrar, por ahora, a precisar una cifra exacta del número de personas desaparecidas, las informaciones obtenidas ponen de manifiesto la existencia de una situación de extrema irregularidad que requiere de un tratamiento y análisis especial.

2. Ya en su Informe Anual a la Asamblea General correspondiente a 1977, la Comisión dio cuenta del fenómeno de los desaparecidos, y expresó su honda preocupación en los siguientes términos:

Son muchos los casos, en diferentes países, en que el Gobierno niega sistemáticamente la detención de personas, a pesar de los convincentes elementos de prueba que aportan los denunciantes para comprobar su alegato de que tales personas han sido privadas de su libertad por autoridades policiales o militares y, en algunos casos, de que los mismos están o han estado recluídos en determinados sitios de detención.

Este procedimiento es cruel e inhumano. Como la experiencia lo demuestra, la "desaparición" no sólo constituye una privación arbitraria de la libertad, sino también, un gravísimo peligro para la integridad personal, la seguridad, y la vida misma de la víctima. Es, por otra parte, una verdadera forma de tortura para sus familiares y amigos, por la incertidumbre en que se encuentran sobre su suerte, y por la imposibilidad en que se hallan de darle asistencia legal, moral y material.

Es, además, una manifestación tanto de la incapacidad del Gobierno para mantener el orden público y la seguridad del Estado por los medios autorizados por las leyes, como de su actitud de rebeldía frente a los órganos nacionales e internacionales de protección de los Derechos Humanos.

Asimismo, en su Informe a la Asamblea General correspondiente a 1976, la Comisión había señalado:

La "desaparición" parece ser un expediente cómodo para evitar la aplicación de las disposiciones legales establecidas en defensa de la libertad individual, de la integridad física, de la dignidad y de la vida misma del hombre. Con este procedimiento se hacen en la práctica nugatorias las normas legales dictadas en estos últimos años en algunos países para evitar las detenciones ilegales y la utilización de apremios físicos y psíquicos contra los detenidos.

3. Un aspecto importante de señalar está constituido por lo que podría ser la definición de desaparecido. En el escrito presentado ante la Corte Suprema de Justicia, caratulado "Pérez de Smith, Ana María y otros s/pedido" (Expdte. P-51 RN), 1221 peticionantes asumiendo la representación de 1542 personas desaparecidas, describen esta situación del siguiente modo:

Las personas referidas han sido aprehendidas en sus domicilios, lugares de trabajo o en la vía pública, según el caso, por grupos armados que, prima facie, y casi siempre invocándolo expresamente, actuaban en ejercicio de alguna forma de autoridad pública. Los procedimientos aludidos tuvieron lugar en forma ostensible, con amplio despliegue de hombres –a veces uniformados—armas y vehículos, y se desarrollaron en general con una duración y minuciosidad que ratifican la presunción de que quienes intervenían obraban con la plenitud operativa que es propia del uso de la fuerza pública.

Luego de haber sido aprehendidas de la manera señalada, las personas en cuyo favor peticionan los suscriptos han desaparecido sin dejar rastros. Todos los recursos de habeas corpus, denuncias y querellas criminales, y de gestiones administrativas han fracasado, por cuanto las autoridades requeridas en cada caso han informado invariablemente que no existen constancias de su detención.

4. En otras denuncias recibidas por la CIDH se ha informado que los grupos armados que efectúan los operativos en los domicilios, aprehenden a la víctima y en ocasiones también al cónyuge y a los hijos, examinando bruscamente las residencias, saqueando las pertenencias de sus moradores, y llevándose por regla general "encapuchados" a todos los miembros de la familia.

Las personas afectadas por estos operativos y que figuran en las listas que obran en poder de la CIDH, son en su mayoría hombres y mujeres entre los 20 y 30 años de edad, aunque también han desaparecido personas mayores y menores de esas edades. Algunos niños secuestrados con sus padres han sido luego liberados, entregándolos a parientes o dejándolos abandonados en la vía pública. Otros niños, sin embargo, continúan como desaparecidos.

Según las informaciones que tiene la Comisión el fenómeno de los desaparecidos afecta a profesionales, estudiantes, sindicalistas, empleados de diversos ramos, periodistas, religiosos, conscriptos, comerciantes, es decir a la mayoría de los diversos estamentos de la sociedad argentina.






B. Descripción de los operativos

1. De los informes recibidos por la CIDH, y de las entrevistas y audiencias celebradas durante la observación in loco con desaparecidos que luego aparecieron, así como con familiares de las víctimas y testigos de los hechos antes anotados, se visualizan tres etapas dentro del fenómeno de la desaparición:

a) La Aprehensión o Secuestro, descrita anteriormente, sobre la que es necesario agregar ahora algunas precisiones

Los operativos, en su mayoría coincidentes, se efectuaron por grupos cuyo número varía entre 6 y 20 personas que se presentaron en el domicilio o lugar de trabajo de la víctima, en varios automóviles sin placa de identificación y con radios que permitían comunicarse entre ellos. En algunos casos estaban acompañados por fuerzas adicionales de apoyo con camiones, en los que al cumplir la misión se retiraron los enseres domésticos de las viviendas pertenecientes a los aprehendidos.

El personal que realizaba el operativo concurría vestido de civil, con armas largas y cortas que servían para intimidar a las víctimas y a los testigos de los hechos. Si el operativo se hacía en el lugar de trabajo o en la vía pública era de corta duración; pero si se producía en la residencia podía durar varias horas, especialmente cuando se hacía necesario esperar la llegada de la víctima.

Se ha denunciado también que cuando los familiares, testigos, o administradores de edificios, comunicaban lo que estaba ocurriendo a la seccional de policía del respectivo lugar, la respuesta era casi siempre, junto con la de afirmar el conocimiento del hecho, advertir su incapacidad de intervenir. En los pocos casos en los que policías se presentaron al lugar de los acontecimientos, éstos se retiraron al poco tiempo después de dialogar con la persona directamente responsable del operativo. A esta situación se le ha denominado "Zona franca" a favor del cuerpo interviniente.

b) La investigación

Con posterioridad al secuestro sigue una etapa en la cual las personas eran conducidas a diferentes establecimientos militares,1 en lo que podría denominarse la "averiguación de antecedentes".

Testimonios recibidos de desaparecidos que fueron liberados permiten inferir los mecanismos utilizados en esta fase del operativo. A cargo de ellos se encontraba un personal adiestrado, con cierto nivel jerárquico, que utilizaba malos tratos y la tortura como método en los interrogatorios con claros fines de ablandamiento, de obtener confesiones, datos sobre otras personas, y en algunas ocasiones, como sistema indimidatorio frente a quienes luego eran liberados sin interrogatorios,2 que eran generalmente los familiares o amigos que en el momento de la aprehensión se encontraban con las víctimas.

Las informaciones coinciden en afirmar que la tortura en las detenciones ilegales prolongadas era aún más grave que en los secuestros de corta duración.

De acuerdo con los testimonios recibidos, sólo una mínima parte de los aprehendidos fueron durante esta etapa regularizados, es decir, sometidos a proceso o puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional. En cambio, generalmente, se les trasladó a lugares clandestinos de reclusión. Durante su observación in loco, la CIDH entrevistó en las cárceles a algunas personas que afirmaron haber padecido esta situación, quienes manifestaron haber estado recluidos, en lugares que no pudieron identificar, con personas que actualmente figuran como desaparecidas.3



c) La Desaparición

2. Una vez ocurridas las dos etapas anteriores, el fenómeno adquiría caracteres dramáticos al no tenerse noticia alguna acerca del paradero de las personas. Sólo un porcentaje reducido ha sido posteriormente liberado. La Comisión presentará en una sección especial de este Capítulo algunos testimonios de personas aparecidas4 que señalan las condiciones de vida de los desaparecidos; los constantes traslados a que fueron sometidos y los sistemas de vigilancia y atención de que fueron objeto.

3. Las personas que han aparecido reflejan un estado físico y sicológico de gran deterioro, viven atemorizados, y, en algunos casos, han tenido que someterse a tratamientos médicos para su recuperación. Dada la experiencia vivida un porcentaje elevado de ellos ha abandonado el país.

Hasta el momento, las personas desaparecidas bajo las circunstancias y modalidades descritas permanecen en su calidad de tales.






C. Algunos casos de desaparecidos

1. A continuación se describen algunos casos de desaparecidos que han sido conocidos y estudiados por la Comisión. En la imposibilidad de entrar a analizar cada una de las miles de denuncias recibidas por la CIDH, se ha optado por seleccionar, a modo de ejemplos representativos, aquellos casos que en concepto de la Comisión pueden ser considerados como expresivos de una realidad más general, procurando clasificar en diversos grupos situaciones relativamente similares.

2. El caso de las mujeres embarazadas, preocupa a la CIDH, no sólo por la madre, sino por sus implicaciones frente a los seres por nacer y por la repercusión que tiene en el grupo familiar.

Dentro de los casos denunciados se presentan algunos ejemplos de secuestro y desaparecimiento de madres embarazadas.

3. Caso 2970 - Silvia Angélica CORAZZA DE SÁNCHEZ

La CIDH recibió la siguiente denuncia:

Silvia Angélica, de nacionalidad argentina, de 27 años de edad, casada. Al ser secuestrada, en fecha 19.5.77, se encontraba embarazada de dos meses; siete meses después le fue entregada a la abuela la niña nacida durante el cautiverio; la señora Corazza de Sánchez tiene, además, una niñita de cuatro años. Cédula de Identidad 6.071.079, ama de casa, domicilio: Bartolomé Mitre 2637, 2o. Piso, 42, Capital Federal. Fecha del secuestro: 19.5.77. Lugar: Bar "El Clavel", sito en Av. Pavón frente a la Estación Lanús; hora: entre las 15 y 17. En la fecha, hora y lugar indicados la nombrada fue detenida por personas armadas vestidas de civil. La misma trabajaba en una fábrica textil de la misma localidad. Al ser secuestrada se hallaba embarazada de dos meses. Al cabo de siete meses, la misma fue acompañada a la casa de la madre, conjuntamente con tres personas que, si bien vestían de particular, pertenecían a fuerzas policiales o de seguridad: tuvieron un breve encuentro y en el mismo la señora Silvia Angélica entregó a la madre una niñita recién nacida (cinco días) manifestándole que había tenido la niña durante el cautiverio y que durante el parto había sido bien tratada. Una vez entregada la criatura partieron de nuevo con rumbo desconocido. Desde entonces no se ha sabido más acerca del paradero de la nombrada.

En nota del 21 de septiembre de 1978 el Gobierno respondió:

C. Personas que no registran antecedentes de detención y son objeto de búsqueda policial centralizada en autoridades del Ministerio del Interior:

3. Silvia Angélica CORAZZA DE SÁNCHEZ.

El caso actualmente continúa el trámite reglamentario. La Comisión, sin embargo, considera que la respuesta del Gobierno no desvirtúa las afirmaciones del denunciante.

4. Caso 2732 - María Cristina LÓPEZ DE BELAUSTEGUI

La CIDH recibió la siguiente denuncia:

María Cristina López Guerra, argentina, Cédula de Identidad No. 7.490.828, nacida el 8 de septiembre de 1954, Martín Belaústegui Herrera, argentino, cédula de identidad No. 6.309.664, Documento Nacional de Identidad No. 12.254.612, domiciliados en Nicaragua 10.345, kilómetro 22.600, Ruta 8 del partido 3 de febrero, Provincia de Buenos Aires, Argentina, han sido detenidos el día 26 de julio de 1976, ignorándose hasta el día de la fecha sus paraderos y los motivos de la detención.

El día 26 de julio de 1976, un grupo de aproximadamente diez personas fuertemente armadas y vestidas de civil, quienes se identificaron como pertenecientes al "Comando de Fuerzas Conjuntas" y que se movilizaban en vehículos automotores también civiles, esperaron escondidos en el patio de su casa a María Cristina y a su esposo Martín.

Siendo las 19 hs. aproximadamente, en el momento en que regresaban de su trabajo, fueron apresados y seguidamente introducidos en su domicilio luego de destrozar la puerta del mismo con ametralladoras. Al cabo de unos momentos, encapuchados, fueron sacados de su casa y en forma sumamente violenta forzados a penetrar en un automóvil en el que se los llevaron. Quiero aclarar que María Cristina se hallaba en estado de gravidez en ese momento.

El mismo día, 26 de julio, media hora más tarde, un camión del ejército se detuvo frente a la casa. Personal que vestía uniforme militar allanó el domicilio, saqueando todas sus pertenencias, sin dar explicación alguna a los testigos presenciales del hecho.

Todas las averiguaciones efectuadas a fin de inquirir sobre los motivos de su detención fueron absolutamente negativas, así como las gestiones realizadas a fin de determinar a disposición de qué autoridad se encontraban o cuál era su paradero.

Se presentaron recursos de habeas corpus ante los tribunales competentes, pero fueron rechazados.

El Gobierno argentino en nota del 16 de junio de 1978, respondió:

C. Personas sobre las que no se registran antecedentes de detención y son objeto de búsqueda policial
centralizada por el Ministerio del Interior:

35. María Cristina LÓPEZ GUERRA DE BELAUSTEGUI

La Comisión solicitó información adicional al Gobierno, mediante nota del 22 de enero de 1979. El Gobierno argentino, por nota del 29 de noviembre de 1979, contestó señalando que la denuncia formulada le impide aportar elementos como respuesta que resulten esclarecedores o satisfagan total y ampliamente el requerimiento de la Comisión. Ésta, por su parte, continúa con el estudio del caso.

5. El caso que a continuación se presenta está relacionado con la desaparición de recién nacidos, infantes y niños, situación ésta en que la Comisión ha recibido varias denuncias.

6. Caso 2553 - Clara Anahí MARIANI

En comunicación de 28 de noviembre de 1977, se denunció lo siguiente:

La presente carta tiene por objeto determinar el paradero de una criatura, sexo femenino, de nombre CLARA ANAHÍ MARIANI, nacida el 12 de agosto de 1976 en la ciudad de La Plata.

Es de público conocimiento que el 24 de noviembre de 1976 aproximadamente a las 13.30 hs. se produjo un enfrentamiento armado entre las fuerzas conjuntas y los ocupantes de la finca situada en la calle 30, entre 55 y 56, de la ciudad de La Plata. Esta casa era la residencia de Daniel E. Mariani, su esposa Diana E. Teruggi y la hija de ambos, CLARA ANAHÍ, de tres meses de edad.

De acuerdo con las manifestaciones periodísticas y del vecindario, la casa –donde en ese momento se encontraba la criatura—fue totalmente rodeada por las fuerzas conjuntas antes del enfrentamiento, el que se prolongó por varias horas.

Al día siguiente del hecho informó verbalmente la Comisaría 5a., que la criatura no figuraba en el sumario, donde constaría los nombres de los abatidos identificados por la policía.

El 3 de marzo de 1977 se recibió respuesta escrita a una de las notas presentadas al Jefe del Regimiento 7 de Infantería, Coronel Conde, en la que se puso en conocimiento que se desconocía el paradero de la criatura, pero que la Jefatura del Área Operacional 113 continuaba con las averiguaciones.

En el Juzgado de Menores No. 2 de La Plata –Dr. Sambucetti—inició la causa No. 36.792. En ella se recabó informes al Hospital de Niños, Bomberos, Unidad Regional y Policía. Todas las respuestas fueron negativas, informando policía que no se encontró en el lugar del hecho ningún menor.

Habiendo transcurrido un año de incesante y angustiosa búsqueda, aún no se sabe donde se encuentra la criatura. No aparece viva ni figura muerta, ni nadie dice las causas de su desaparición.

Mediante nota de 11 de mayo de 1978, el Gobierno de Argentina respondió a la CIDH en los siguientes términos:

D) OBSERVACIONES:

...

55. MARIANI, Clara Anahi: Las autoridades competentes informado que investigaciones realizadas con el objeto de determinar su paradero, no han producido resultados positivos a la fecha. (Caso 2553).

Se transmitieron al denunciante, en carta de 27 de marzo de 1978, las partes pertinentes de la respuesta del Gobierno de Argentina invitando al mismo a formular observaciones a dicha respuesta.

En carta de 4 de mayo de 1978, el denunciante impugna la respuesta del Gobierno de Argentina así:

La respuesta que ha enviado a ustedes el Gobierno argentino es la misma que se da a todas las indagaciones por personas desaparecidas de cualquier edad. Opino que para un Gobierno militar, con un servicio de inteligencia tan eficiente, no debe ser difícil establecer, si quiere, el paradero de un bebé que todavía no caminaba y que dependía de un biberón para subsistir.

Consideramos que CLARA ANAHÍ está en poder de las autoridades argentinas o que las autoridades han dispuesto de ella por las siguientes razones:

1. La criatura sólo pudo ser retirada de su hogar por las mismas fuerzas conjuntas que lo atacaron y ocuparon, pues fue sitiada totalmente antes del enfrentamiento, como consta en todos los periódicos del 25/11/76. También los vecinos saben que fueron desalojadas todas las casas de los alrededores antes del hecho (pero nadie se atrevería a atestiguarlo, por miedo).

2. Es un comentario ya generalizado en el país que se regalan o venden algunos bebes sacados tanto de sus hogares donde se producen enfrentamientos como de los lugares de donde "desaparecen" sus padres o de las cárceles donde nacen. CLARA ANAHÍ debe entonces haber sido "regalada" o "vendida" como tantos otros niños.

Con respecto a esto de regalar niños ajenos, puedo comunicarles que Monseñor nos dijo que él había rescatado a varios niñitos que ya estaban en poder de policías que ya los habían inscrito como suyos.

CLARA ANAHÍ no ha podido ser rescatada. ¿Habrá sido regalada por alguna persona muy importante? O es muy importante la persona que la tiene en su poder? El hermetismo que la rodea hace pensar esto (algunos comentarios que también han llegado). Si hay algún testigo, por razones obvias, no se puede contar con su aporte.

Como comentario también, pues no nos consta, parece ser que DIANA E. TERUGGI fue ametrallada al empezar el enfrentamiento, mientras trataba de escapar por los fondos de la casa, llevando a su nenita en los brazos. La partieron en dos, y al caer, la criatura quedó bañada en la sangre de su madre y sin conocimiento, pero ilesa. De allí, habría sido llevada envuelta y entregada a alguien importante que dispuso de ella.

Por lo tanto, lo que se sabe es:

1. Que la sacaron de su casa viva.

2. Que se la llevaron las fuerzas intervinientes, por lo tanto son responsables de la vida de la criatura, pero tampoco lo podemos demostrar.

3. Que debe haber sido regalada o vendida.

En los periódicos del 25/11/76 figuran los nombres de los jefes militares y policiales que estuvieron presentes mientras se atacaba la casa de DANIEL. Creo, como es lógico, que ellos deben saber el destino de CLARA ANAHÍ. Y también pensamos que recuerdan bien el hecho pues ha sido el de mayor duración, uno de los más cruentos y creo que el único donde al final utilizaron una bomba que genera 2000 grados de calor, para terminar con toda resistencia. (Esto lo dijeron en la Policía Federal de La Plata).

Como novedades en la búsqueda de CLARA ANAHÍ MARIANI, caso 2553, todo sigue en el mismo punto: se ignora su paradero, a pesar de innumerables presentaciones que se han efectuado. Hemos llegado a la Directora Nacional de la Minoridad; al Director Provincial de Menores, entrevistamos a todos los Jueces de Menores de la Provincia de Buenos Aires. La Suprema Corte de Justicia de la Nación tomó los casos con mucho interés, para finalmente declararse incompetente.

Asimismo, la Comisión recibió del denunciante en nota del 18 de agosto de 1978, la siguiente información adicional:

Se tuvo esperanzas de encontrar a CLARA ANAHÍ a través de la Dirección Nacional de la Minoridad, pero dicen que no existe su legajo en sus archivos. Allí continúan revisando las adopciones de estos dos últimos años, a nuestro pedido. No se sabe hasta qué punto eso puede dar resultados; ojalá permitiera localizar a alguna de las quince criaturas que estamos buscando.

La Comisión, mediante comunicación de 30 de agosto de 1978, transmitió al Gobierno de Argentina las observaciones del denunciante, solicitándole la información correspondiente.

El Gobierno de Argentina, en nota SG 235, de 18 de septiembre de 1978, dio respuesta a las observaciones del denunciante, omitiendo referirse a los hechos denunciados que le fueron transmitidos y limitándose a informar en los términos siguientes:

C) Personas sobre las que se inicia tramitación de investigación de paradero y eventual situación por no registrarse denuncias anteriores a las formuladas por esa Comisión:

16. Clara Anahí MARIANI (Caso 2553)

Las partes pertinentes de la respuesta del Gobierno de Argentina se enviaron al denunciante, en comunicación de 3 de octubre de 1978.

El denunciante, en carta de 30 de septiembre de 1978, suministra la siguiente información adicional:

Hoy puedo agregar a la documentación el recorte de un diario de aquella fecha aciaga, donde se menciona el Cuerpo de Infantería de la Provincia de Buenos Aires que tomó parte muy activa en el asedio y ataque de la vivienda del padre de CLARA ANAHÍ. Considero que su Jefe, puede tener conocimiento de a quién entregó la criatura.

Cabe señalar que las notas del Gobierno argentino de 21 de mayo y de 18 de septiembre de 1978, son contradictorias entre sí, por cuanto en la primera se alude a investigaciones realizadas sobre el caso, y en la segunda se firma, que se inicia trámite de investigación por no registrarse denuncias anteriores a la formulada por la Comisión. Al respecto, la primera comunicación de la Comisión sobre este caso al Gobierno de Argentina es de 7 de febrero de 1978 y de acuerdo con Certificación expedida por el Tribunal de Menores N° 2 del Departamento Judicial de La Plata, el trámite de la causa –N° 36.792—se inició el día 26 de abril de 1977.

El Gobierno argentino en comunicación de 9 de abril de 1979 presentó sus observaciones a la Resolución N° 31/78 sobre el caso en mención, negando terminantemente su responsabilidad en la desaparición de la menor; pero reconociendo la realización del operativo en la casa de los padres. Algunos de los apartes de la respuesta del Gobierno expresan:

1. El episodio en el que se supone desaparición de la menor:

A la hora 13,30 del día 24 de noviembre de 1976, personal de las Fuerzas de Seguridad—oficiales—se hicieron presente frente a la vivienda sita en la calle 30, entre 55 y 56 de la Ciudad de La Plata (Provincia de Buenos Aires) en razón de haberse recepcionado una denuncia que en el lugar funcionaría una imprenta clandestina perteneciente a un grupo de terroristas.

En cuanto el personal policial descendió de sus vehículos fue agredido desde el interior de la casa con disparo de armas de fuego automáticas, produciéndose un intercambio de disparos. Poco tiempo después concurrieron al lugar tropas del Ejército, que hallaron igual resistencia desde el interior del inmueble, situación que se prolongó durante alrededor de tres horas. Por obvias razones de seguridad dado lo intenso del tiroteo, se interrumpió el tránsito vehicular y peatonal de la zona (así lo informó el diario "El Día" de La Plata, en su edición del 25 de noviembre de 1976, concordando con esta información la proporcionada luego por las Fuerzas Armadas y de Seguridad actuantes).

En razón de la sostenida resistencia de los ocupantes de la vivienda, al cabo de varias horas de intercambio de disparos fue menester emplear explosivos, con lo que se redujo a los sediciosos y se logró el acceso a la finca –seriamente deteriorada por el combate—hallándose, en efecto, una imprenta clandestina perteneciente al grupo "Montoneros" instalada en los fondos de la casa. Igualmente se encontró numeroso material bélico –armas cortas y largas, ametralladoras, etc.—y los cadáveres de siete personas mayores, tres de ellos carbonizados a consecuencia del incendio provocado por el episodio bélico.

La información periodística:

Además de la información precitada aparecida en el diario "El Día" de La Plata, el episodio fue asimismo detalladamente relatado por los matutinos "La Nación" y "La Prensa" en sus ediciones del 25 de noviembre de 1976.

El diario "La Nación" refiere que "consultados los vecinos del lugar acerca de los habitantes de la finca, algunos manifestaron que allí vivía un matrimonio con un bebé, y otros que varios jóvenes allí tenían la sede de un reparto de alimentos conservados, tareas que efectuaban en una camioneta Citroen que resultó destruida en el enfrentamiento y que se hallaba en el interior del garage". Pese a la presencia del periodismo en las proximidades del lugar del episodio y las consultas por ellos efectuadas sobre los habitantes o moradores de la vivienda, no se recibió información alguna referida a la eventual presencia en ese lugar de la menor MARIANI.

Las víctimas del enfrentamiento:

En el curso del suceso referido perdió la vida el Agente de la Provincia de Buenos Aires, José SCONZA y resultaron heridos los agentes Néstor Ramón BUZZATTO y Cecilio GÓMEZ, siendo atendidos, estos últimos –heridos de consideración, en el hospital italiano de la ciudad de La Plata.

En cuanto a los delincuentes terroristas abatidos se identificó a Roberto César PORFIDIO, Juan Carlos POIRIS, Daniel Eduardo MENDIBUTU y Diana Esmeralda TERUGGI, no lográndose de inmediato la identificación de los tres restantes, por la carbonización de sus pupilas digitales. Pero la información inmediata y no controvertida en momento alguno, es que no se encontraba ningún menor, ni vivo ni muerto, en el lugar durante el enfrentamiento.

La agresión y resistencia de los subversivos:

Como ha quedado señalado, los ocupantes de la vivienda agredieron al personal policial y resistieron luego durante más de tres horas a las Fuerzas Conjuntas mediante el empleo de armas cortas, armas automáticas largas y granadas, como fuera específicamente consignado en la publicación del diario "La Nación" en su aludida edición.

Corresponde hacer presente que en ningún momento los delincuentes subversivos hicieron saber sobre la presencia de la menor en la finca en cuestión. Actitud ésta que hubiera sido lógica teniendo en cuenta de que su propia madre se encontraba en el lugar participando activamente en el tiroteo y que de haberse producido el aviso, se habría procedido a la evaluación de la menor al igual que de similares características.

Cabe reiterar, que después de allanado el lugar en él no se encontró a ninguna menor. Esta aseveración ha sido terminante y unívoca por parte de las Fuerzas intervinientes y corroborada por los vecinos.

Durante la visita, la Comisión tuvo oportunidad de dialogar con familiares de la menor quienes a pesar de todos los esfuerzos realizados no han podido ubicar el paradero de la niña. Entre otras cosas manifestaron que les resulta extraña la respuesta del Gobierno por cuanto ellos tienen la seguridad de que la menor se encontraba en la casa y además no se explican cómo el Gobierno reconoce la muerte de su madre a la Comisión y, sin embargo, hasta la fecha oficialmente nunca se le ha hecho entrega del cadáver y no fue posible darle cristiana sepultura.

La Comisión analizó en su 49° Período de Sesiones el pedido de reconsideración presentado por el Gobierno, decidiendo reabrir el estudio del caso y dada su importancia, acordó solicitar al Gobierno argentino información adicional.

El Gobierno argentino en cable recibido por la Comisión el 10 de abril de 1980 respondió en los siguientes términos:

Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia en respuesta a su telex fechado el 8/4/80-Washington, referente al Caso 2553-Clara Anahí Mariani, en tal sentido, informo a Vuestra Excelencia que testimonios que se mencionan en el Punto IX de nota de este Gobierno N-69 de abril de 1979 fueron prestados ante la policía de la Provincia de Buenos Aires para responder al requerimiento formulado con relación a la Resolución N° 31/78 de esa Comisión, se hace saber a Vuestra Excelencia que se desconoce a la fecha los resultados de las investigaciones referidas.

A la luz de las informaciones suministradas por el Gobierno, la CIDH ha decidido mantener en todas sus partes la Resolución mencionada, por no encontrar elementos de convicción que desvirtúen los hechos denunciados.

7. En informaciones entregadas a la CIDH durante la observación in loco por parte de la Agrupación "Familiares de Menores Desaparecidos", se anota:

La mayor parte de las desapariciones de menores adolescentes tuvo lugar en el año 1976 (entre los meses de mayo y diciembre).

En la mayoría de los casos en que la detención se llevó a cabo en el domicilio de la víctima y su familia, el horario del procedimiento fue en el período que va desde las 23 horas a las 2 o 3 de la madrugada, momentos en que las familias estaban entregadas al reposo.

La mayoría de los menores cuya desaparición fue denunciada ante la Justicia llevaban una vida regular: vivían con sus padres, cursaban estudios en colegios –a los que concurrían normalmente--, o trabajaban. Todos poseían documentos auténticos de identidad. Estos documentos les fueron exigidos en el momento de detención y ante sus familiares.

Surge de la declaración de los familiares que muchos de los menores adolescentes habían pertenecido a la Unión de Estudiantes Secundarios (U.E.S.), en los años en que esta organización era legal, o habían participado en 1973 en "temas" de colegios. En 1973 esos jóvenes tenían entre 13 y 15 años de edad.

En varios de los casos cuando el menor fue requerido por las fuerzas actuantes y no se encontraba en su domicilio, se obligó a algún familiar –hermano, uno de los padres o ambos—a que condujeran a los actuantes al lugar en que estaba la víctima.

En todos los casos en que las víctimas del hecho fueron detenidas ante testigos, éstos coinciden en señalar que los procedimientos fueron llevados a cabo por hombres que no vestían uniformes identificables, que se conducían en varios vehículos, que iban fuertemente armados, que operaban en grupos de entre cinco a once o más hombres y que no exhibieron credencial alguna.

La duración de dichos procedimientos varió de quince minutos a dos horas. En esos períodos de tiempo, y a pesar de permanecer los vehículos estacionados a la puerta del domicilio de la víctima e incluso –en algunos casos—de haber desviado las fuerzas actuantes el tránsito en la zona, ninguna fuerza policial intervino para impedirlo.

En ninguno de los casos en que los padres pidieron acompañar a sus hijos, esto les fue permitido. Tampoco, en general, se les dio explicaciones sobre los motivos de la detención. Sí, en cambio, en algunos casos, se les dijo que los menores eran llevados para un interrogatorio o averiguación, llegando los actuantes a indicar reparticiones policiales o del ejército donde la familia debía requerir por ellos horas después. Estas informaciones demostraron ser totalmente falsas.

En ningún caso las denuncias presentadas ante la justicia y organismos oficiales dio resultado alguno para dar con el paradero de los menores desaparecidos. La respuesta a los "habeas corpus" reiterados es que los menores no están detenidos ni hay orden de detención en su contra.

La Comisión ha recibido un volumen considerable de denuncias referidas a menores. Algunos ejemplos son:

8. Caso 3871 - Alfredo Narciso AGUERO

La CIDH recibió durante la observación in loco el siguiente testimonio, cuya denuncia original había sido transmitida al Gobierno el 1° de junio de 1979:

El 29 de agosto de 1977, a las 1930 horas, se presentaron nueve personas de civil armadas, en el negocio de restaurante y bar del padre de la víctima. Dijeron ser policías pero no exhibieron credenciales. Encerraron a los padres de la víctima, dos de sus hijos, la esposa de uno de ellos y dos nietitos de uno y tres años de edad. Preguntaron el nombre de los hijos del matrimonio Aguero. Cuando nombraron a Alfredo Narciso, manifestaron que iban a llevárselo detenido. Como no estaba en la casa sino en casa de un pariente, el hermano mayor, Daniel, los acompañó a buscarlo. Ya en casa del pariente, sin dejar bajar a Daniel del coche, llamaron a la puerta y, ésta abierta, ordenaron a Daniel que llamara a Alfredo. Cuando éste apareció lo tomaron de un brazo y lo introdujeron en un automóvil Ford Falcon, color blanco, chapa N° B 1 125 951, en el cual también estaba su hermano Daniel. Mientras a éste último le ponían una capucha, a Alfredo lo hicieron entrar al baúl del automóvil. Partieron y después de unos veinte minutos Daniel oyó que abrían una puerta grande y que el coche se detenía. Daniel se levantó la capucha y pudo ver cuando a su hermano lo sacaban del baúl, le ponían una capucha y lo hacían entrar a un lugar que reconoció como la Brigada de Morón (calle Salta 2466, San Justo). A Daniel lo llevaron de vuelta a su casa. Cuando el procedimiento empezó hicieron que el señor Aguero cerrara el negocio, después lo obligaron a abrirlo.

Ocho días después, en la misma Brigada anteriormente citada, el señor Aguero reconoció a uno de los secuestradores de su hijo.

Dos días después éste admitió, a la puerta de la Brigada, ante Daniel Aguero, que Alfredo Narciso había permanecido ahí durante dos días y que después se lo había llevado personal del Comando Zona 1. Esta misma versión fue después ratificada ante el padre de la víctima por el Jefe de Inteligencia. El Comisario de la Brigada de Morón, también admitió ante el señor Aguero que era de esa Brigada la comisión que detuvo a su hijo, quien posteriormente habría sido entregado a fuerzas del Comando 1.

Un año y tres meses más tarde, un oficial de policía expresó al padre de la víctima que a su hijo "Se lo habían ajusticiado". Se negó a ponerlo por escrito. Esto ocurrió en la Jefatura de La Plata, Sección Investigaciones.

El Gobierno argentino en nota recibida por la Comisión el 27 de marzo de 1980 respondió a la solicitud de información, anotando entre otras cosas:

Que consultados los órganos competentes resulta que el causante no ha sido detenido por orden legítima de autoridad alguna y, que respecto del mismo, no existen orden de detención. Esta circunstancia ya ha sido puesta en conocimiento de las personas que se interesaron por Alfredo Narciso AGUERO.

Por otra parte y, habida cuenta que en la comunicación cursada, el denunciante afirma que el nombrado fue llevado por fuerzas de seguridad que se presentaron vestidos de civil, cabe igualmente expresar que ello se encuentra desvirtuado en las actuaciones judiciales referidas, de donde surge que los posibles autores del hecho en ningún momento se acreditaron como tales.

La Comisión continúa actualmente el trámite reglamentario del caso, sin embargo, considera que la respuesta del Gobierno no aporta elementos de convicción que permitan desvirtuar los hechos denunciados.

9. Caso 2484 - Dagmar Ingrid HAGELIN

La CIDH recibió la siguiente denuncia:

La ciudadana sueco-argentina Dagmar Ingrid Hagelin, de 17 años de edad, con cédula de identidad expedida por la Policía Federal N° 6.309.613, fue tiroteada y secuestrada por un grupo de hombres vestidos de civil, el 27 de enero de 1977, aproximadamente a las 8,30 horas, partido de Morón, frente a la casa N° 317 de una conocida a quien iba a visitar.

Lo ocurrido fue informado al día siguiente al entonces Embajador de Suecia en Buenos Aires, señor Kollberg, por el padre de la joven, señor Ragnar Hagelin. La Embajada, quien se puso inmediatamente en comunicación en la Unidad Regional de Policía de Morón fue informada que la operación relacionada con Dagmar Hagelin fue realizada por las Fuerzas Armadas. El padre de la joven recibió idéntica información, tanto de la Seccional de El Palomar como de la Unidad Regional de Morón.

La Embajada se comunicó también con el oficial de guardia del Comando en Jefe de la Armada. El motivo de esta comunicación fue que la amiga de Dagmar Hagelin en El Palomar a quien parece que iba a visitar cuando fue secuestrada, Norma Burgos, había sido detenida la noche anterior, quiere decir, el 26 de enero, alrededor de las 22,30 hs. por una Unidad de las Fuerzas Armadas. Con motivo de este hecho había sido levantada un acta por la Policía de Morón a la cual tuvo acceso el señor Hagelin.

Del acta mencionada se desprendía que la detención de Norma Burgos estaba relacionada con un operativo de seguridad en el distrito y fue realizado por la Escuela Mecánica de la Armada mediante cuatro automóviles sin patentes, un chevrolet, azul y tres Ford Falcon, uno blanco, uno azul y el otro verde, que apuntaban contra el domicilio de Norma Burgos. De acuerdo al acta se enviarían comunicados radiales con instrucciones a todas las comisarías y subcomisarías del distrito indicando que no debían impedir la intervención.

Los vecinos observaron más tarde esa misma noche los autos antes mencionados llenos de personas vestidas de civil. Además, en uno de los automóviles se encontraba, según testigos, la señora Norma Burgos la que más temprano esa misma noche, había sido arrestada. Siete de los hombres permanecieron toda la noche en el domicilio de Norma Burgos y los demás partieron en los cuatro automóviles.

De acuerdo a lo informado, Dagmar Hagelin fue la primera persona en llegar allí al día siguiente. Fue entonces atacada a tiros lo que hizo que una decena de vecinos salieran a la calle. Herida la joven, fue colocada en el baúl de un taxi del que se apoderaron por la fuerza. El taxi, marca Chevrolet, chapa-patente C-086838, fue posteriormente devuelto a su propietario, señor Jorge Oscar Elos. En consecuencia, es natural, que presumimos que fue detenida por la misma Unidad que había arrestado a la señora Norma Burgos la noche anterior.

Los sujetos que realizaron el procedimiento se encontraban, de acuerdo a declaraciones de testigos oculares, munidos de chalecos antibala como los que usan las Fuerzas Armadas y de Seguridad. Más tarde se supo que siete automotores con soldados vestidos con los clásicos trajes de faena verdes, comunes a todas las fuerzas armadas, llegaron el 28 de enero al domicilio de Dagmar Hagelin ubicado en la Calle Bermúdez N° 5261, Villa Bosch, partido de Tres de Febrero, registrándolo y retirando todas sus pertenencias. Antes de abandonar el lugar, el jefe del grupo informó a la casera, señora Angelina y a su esposo, que Dagmar Hagelin se hallaba en uno de los siete automóviles en la calle y que estaba arrestada por terrorista.

El Embajador de Suecia entregó ese mismo día al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto una nota con pedido de trámite urgente. Estas primeras medidas fueron seguidas de otras presentaciones a distinto nivel por parte sueca a sus similares argentinas en favor de Dagmar Hagelin.

Paralelamente a estos contactos políticos, los familiares de Dagmar Hagelin presentaron recurso de Habeas Corpus ante los tribunales correspondientes siendo el mismo rechazado por no haberse podido establecer el paradero de Dagmar Hagelin. El caso tramita ahora ante los tribunales de Morón como "privación ilegal de la libertad".

El Gobierno argentino en nota del 9 de enero de 1979 respondió a la CIDH:

C. PERSONAS SOBRE LAS QUE NO SE REGISTRAN ANTECEDENTES DE DETENCIÓN Y SON OBJETO DE BÚSQUEDA POLICIAL CENTRALIZADA POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR:

66. HAGELIN, Dagmar Ingrid.

La Comisión en su 45° Período de Sesiones adoptó una Resolución sobre el caso. El Gobierno de Argentina en nota de 5 de mayo respondió a la CIDH, negando su responsabilidad en la desaparición y en los hechos alegados.

La Comisión luego de analizar la solicitud de reconsideración del Gobierno argentino, y a la luz de las informaciones recogidas durante y con posterioridad a la visita, considera que no hay lugar al pedido de reconsideración, puesto que de ella no resultan elementos probatorios significativos.

10. La CIDH, recibió en la Argentina a un grupo de "Familiares de Conscriptos Desaparecidos", quienes presentaron un análisis detallado de las circunstancias que rodean la desaparición de los soldados conscriptos y de su "particular significación institucional".

Algunos de los correspondientes párrafos se transcriben a continuación:

En todos los casos se trata de hombres jóvenes –entre 18 y 22 años al tiempo de los hechos—que fueron incorporados para prestar el servicio militar obligatorio. Se establece así una relación especial de naturaleza administrativa entre cada uno de ellos y el Estado Nacional, actuando en representación de éste en tales supuestos, cada una de las tres Fuerzas Armadas, bajo cuya jurisdicción se desempeñaban las víctimas.

Por otra parte, por el hecho mismo de que las víctimas permanecían en establecimientos u oficinas militares, se encontraban sometidas a todas las reglas y procedimientos de disciplina, control y vigilancia, ordinarios y extraordinarios, estando asimismo físicamente a merced de los jefes mediatos o inmediatos.

Más adelante se agrega:

En la acción represiva que ha afectado a los soldados conscriptos se ha procedido como en todos los demás casos, a través de métodos paralelos y secretos, aunque naturalmente con adaptación a las circunstancias particulares en que se encontraban las víctimas. El sistema adoptado permitió que las unidades militares donde prestaban servicio los afectados pudieran quedar como deslindadas de responsabilidades en los hechos sobrevinientes a la par que se satisfacía el objetivo central de la desaparición, es decir permitir que la investigación y las sanciones quedaran fuera de cualquier cuadro legal públicamente conocido.

Y finalmente se señala:

Cuando no medió detención en los domicilios, se utilizó sin excepciones el argumento de que las víctimas habían recibido comisiones o francos y luego nada se había sabido de ellas. Ningún familiar logró que se le proporcionaran datos precisos acerca de las circunstancias concretas de la comisión o el franco que acompañaron a las desapariciones. Con frecuencia además, las versiones recibidas de los jefes y oficiales de las unidades fueron incoherentes y contradictorias. Casi todos los familiares pudieron advertir que en las primeras reuniones en que trataban los hechos eran sometidos a preguntas de evidente objetivo inquisitorio. En la mayoría de los casos, con posterioridad a estas primeras reuniones se les negaban nuevas entrevistas.

En casi todos los casos, se dio por desertores a los afectados.

11. Caso 4089 - Alfredo Mario THOMAS

La CIDH recibió la siguiente denuncia:

El día 5 de junio de 1976 mientras Alfredo Mario THOMAS, L.E. 10798595 gozaba de 10 días de licencia de donde cumplía el Servicio Militar obligatorio en dependencia del grupo Artillería Blindada 1, Batería B de la ciudad de Azul, Provincia de Buenos Aires, se presentó en su casa a las 19:30 hrs. personal del Ejército del GADA 801 de la ciudad de Mar del Plata, sito en la calle 25 de Mayo N° 8261, preguntando por el que en esos momentos no se encontraba.

Al día siguiente fuimos a informarnos sobre lo sucedido y saber las causas, y lo único que dijeron fue que Alfredo Mario estaba incomunicado. Continuamos insistiendo, hasta que se nos comunicó que una Comisión de la Ciudad de Azul a cargo de un oficial lo trasladaría a dicha ciudad.

Así fue que después de varios días nos trasladamos a dicha ciudad y lo vimos en un calabozo con su uniforme de soldado, hicimos averiguaciones y nos informaron que estaba detenido por averiguación de antecedentes (estuvo 25 días).

El día 14 de junio de 1976 cuando se fue a visitar dijo que no sabía el motivo por el cual estaba detenido. Le faltaban 10 días para terminar con el Servicio Militar.

El 1° de julio de 1976 cuando nos trasladamos a verlo, ya no se encontraba en esa dependencia, y comunicaron que se le había dado de baja el día 30 de junio de 1976 a las 22 horas.

Según sus compañeros, los otros soldados, a las 22 horas se lo sacó de donde estaba alojado, y nadie más lo vio, a pesar de todos los trámites y averiguaciones que se hicieron, hasta el día de la fecha, no tenemos noticias del paradero de Alfredo Mario.

El Gobierno argentino en nota recibida por la CIDH el 27 de marzo de 1980, respondió señalando:

Los familiares del causante requirieron de las autoridades competentes su búsqueda dado que carecían de noticias del mismo, según sus dichos desde el 30/06/76.

Debido a ello, tanto los organismos judiciales como administrativos practicaron indagaciones tendientes a establecer si el nombrado se encontraba detenido a disposición de alguna autoridad. Determinado que éste no se encontraba en tal situación, en sede judicial se desestimaron los recursos de habeas corpus interpuestos en su favor.

Por otra parte, y dada la posibilidad que la falta de noticias respecto a THOMAS se debiese a la comisión en acto delictivo en su perjuicio, se instruye sumario por la presunta comisión del delito de privación ilegítima de libertad.

La Comisión continúa actualmente el trámite reglamentario del caso. Sin embargo, la Comisión considera que la respuesta del Gobierno no desvirtúa el contenido de la denuncia.

12. Caso 2735 - David Horacio VARSAVSKY

La CIDH recibió la siguiente denuncia:

David Horacio Varsavsky, C.I. 6.879.027, DNI 12.549.136, Maure 2239 6p. A, Capital Federal, argentino 18 años (18-9-58), soltero estudiante egresado secundario como técnico electrónico. Preparando el ingreso a la Facultad de Ingeniería. Trabajaba en arreglo de radios y televisores. El 17-2-77 a las 9 hrs., debía presentarse a cumplir con el llamado Servicio Militar.

El 16-2-77 a las 1.30 hrs. cuatro civiles armados y uno de uniforme se presentaron en el domicilio citado, diciendo pertenecer a la policía. Luego de revisar el mismo, procedieron a retirar a David Varsavsky. Al interrogar a dichas personas acerca del por qué empleaban ese proceder respondieron ser procedimiento "de rutina" y que lo llevaban para interrogarlo, retirando en esa oportunidad una fotografía de él. Cuando se preguntó por el lugar donde lo llevaban respondieron que fuera a buscarlo al Comando de Dorrego y Baez a las 9 hrs., y con los documentos de identidad.

Llegando al lugar indicado, encontré que se trataba de una dependencia militar, donde se me informó que allí no había detenidos y luego de tomar mis datos personales, me indicaron me dirigiera al Ministerio del Interior. Con igual suerte recorrí toda la zona recabando igual información en todas las dependencias militares que encontré.

En nota del 16 de junio de 1978 el Gobierno respondió:

C. Personas sobre las que no se registran antecedentes de detención y son objeto de búsqueda policial centralizada por el Ministerio del Interior:

51. VARSAVSKY, David Horacio.

El Gobierno argentino en nota del 26 de noviembre de 1979, respondió a la Comisión en los siguientes términos:

Se refiere en la parte pertinente de la denuncia que el 16.2.77, a las 01.30 horas, cuatro civiles armados y uno de uniforme que dijeron pertenecer a la Policía, procedieron a "retirar" al arriba mencionado. Se agrega que al ser interrogado acerca de su conducta, las referidas personas manifestaron se trataba de un procedimiento "de rutina" y que lo llevaban para interrogarlo, pudiendo ir a buscarlo al Comando de Dorrego y Baez a las 09.00 horas, con los documentos de identidad. Habiendo concurrido a dicho lugar se verificó se trataba de una dependencia militar, donde se comunicó que allí no había detenidos.

Del hecho relatado se tomó conocimiento el día 17 de febrero de 1977, en razón de una presentación efectuada por la madre del presunto detenido, razón por la cual de inmediato se requirió informes a la Policía Federal y al Comando en Jefe del Ejército, quienes al responder dieron cuenta que VARSAVSKY, no se encontraba detenido en el ámbito de sus jurisdicciones, ni existían antecedentes acerca de su paradero, lo que se comunicó a la recurrente.

Asimismo, la institución nombrada en primer término, hizo saber de la interposición de cuatro recursos de Habeas Corpus en su favor, al igual que la existencia de una orden de captura del causante, emanada del Juzgado Federal N° 6, Sección Leyes Militares, por infracción al Artículo 44 de la Ley 17531 (de Servicio Militar obligatorio).

Igualmente, el Juez a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción N° 2, Secretaría N° 107 solicitó también su paradero, en causa N° 45.181, como damnificado del presunto delito de Privación Ilegítima de Libertad.

La CIDH continuará el trámite reglamentario del caso. Considera, sin embargo, que la respuesta del Gobierno no contiene elementos que permitan desvirtuar el contenido de la denuncia.

13. Los casos que a continuación se presentan constituyen la situación más generalizada. En un número considerable se ha alegado la aprehensión de las personas en horas de la noche o de la madrugada en sus propios hogares por parte de las fuerzas de seguridad.

Algunos de estos ejemplos son los siguientes:

14. Caso 2274 - Familia TARNOPOLSKY

La CIDH recibió la siguiente denuncia:

El día 15 de julio de 1976, siendo aproximadamente las 2 horas, se presentaron en el domicilio de Rosa Daneman de Edelberg, en Sarmiento 3475, Piso 5°, Depto. J, Capital, personas armadas que dijeron pertenecer a la Policía. Al acudir al llamado de la puerta, se oyó la voz del yerno de la dueña de casa. "Abra, soy Hugo". Inmediatamente, los hombres que vestían ropa de civil, solicitaron la presencia de Bettina Tarnopolsky, de 16 años, quien se encontraba circunstancialmente en el departamento. Encerraron a la señora de Edelberg en un patio desde el cual se pudo escuchar los gritos de Bettina. Una vez retirado el "personal policial", se verificó que la nieta y el yerno no se encontraban en el lugar, como también la desaparición de objetos de valor, dinero en efectivo y la cédula de identidad de la dueña de casa. Todo el departamento fue requisado y quedó inutilizado el aparato telefónico.

Con el hijo, la señora, luego de unas horas, se dirigió al domicilio de los Tarnopolsky, sito en Peña 2600, Capital Federal. La puerta de acceso se encontraba totalmente destruida por la acción de explosivos. En el mismo no había ningún integrante de la familia, y faltaban objetos de valor. Testigos presenciales informaron que civiles armados, autotitulados "Policía Federal" habían llegado horas antes y que, luego de habérseles indicado el domicilio procedieron a destruir mediante explosivos la puerta de entrada. Posteriormente vieron salir –en ropas de dormir—a Blanca Edelberg de Tarnopolsky y a Hugo Tarnopolsky.

Sergio Tarnopolsky se encontraba cumpliendo con el servicio militar obligatorio, teniendo como destino la Escuela Mecánica de la Armada. El día 4 de julio se comunicó telefónicamente con sus familiares para informar que se encontraba "acuartelado". El día 17 de julio cuando se averiguó por él en la dependencia militar se respondió que nada sabían del conscripto Sergio Tarnopolsky.

La misma noche fue detenida la esposa de Sergio, Laura del Duca Tarnopolsky, domiciliada en Pasaje Urutay 1335.

Hugo Tarnopolsky es Químico Industrial; Blanca Edelberg de Tarnopolsky es Profesora de Pedagogía; Betina Tarnopolsky, de 16 años de edad, estudiante secundaria; Sergio Tarnopolsky, de 21 años, estudiante de psicología, casado con Laura del Duda de Tarnopolsky.

En nota del 29 de septiembre de 1977 el Gobierno respondió:

D. Personas sobre las que no se registran antecedentes de detención y son objeto de búsqueda policial centralizada por el Ministerio del Interior:

71. DEL DUCA DE TARNOPOLSKY, Laura
75. EDELBERG DE TARNOPOLSKY, Blanca
145. TARNOPOLSKY, Betina
146. TARNOPOLSKY, Hugo
147. TARNOPOLSKY, Sergio

El Gobierno argentino en respuesta a la solicitud de información presentada por la Comisión el día 3 de abril de 1979, ha respondido a la CIDH en nota recibida el 27 de marzo de 1980, negando su participación en los hechos denunciados y expresando entre otras consideraciones lo siguiente:

Originariamente se han denunciado los hechos a las autoridades argentinas como producidos por el accionar de personas que, invocando alguna calidad, han privado a los requeridos de su libertad. En base a ello se han orientado las investigaciones practicadas. Sin embargo las personas que se interesan por los causantes ya no insisten en esa tesitura, sino que pasan a referirse a los hechos como si tratara de simples desapariciones. Lo mismo se observa en la información adicional que se contesta.

Todo esto no permite descartar, como ya se dijo, que el caso en conjunto responda a actos voluntarios de las supuestas víctimas lo que no es incompatible por la presencia de terceros que pudieran actuar como cómplices. Esto se fundamenta en que es el propio padre de Bettina TARNOPOLSKY, el que acompaña y facilita el acceso al domicilio en donde se encuentra su propia hija. Por otra parte, se tiene conocimiento por declaraciones del hermano de Blanca Edelberg de TARNOPOLSKY, que otro hijo del matrimonio, de nombre Daniel, al enterarse que sus padres habían desaparecido, sale al exterior del país y se radica en Francia.

Tampoco, a juicio de la Comisión, la respuesta del Gobierno aporta elementos de convicción que permitan desvirtuar los hechos denunciados.

La Comisión continuará con el trámite reglamentario de este caso.

15. Caso 2662 - Alberto Samuel FALICOFF

La Comisión recibió el testimonio público de la esposa del Dr. Falicoff que contiene la denuncia de la detención, prisión y tortura del señor Falicoff, por parte de las Fuerzas de Seguridad. El mencionado hecho fue llevado a cabo en su residencia, en presencia de su esposa, quien igualmente fue detenida y posteriormente liberada. La señora Falicoff es la firmante del testimonio.

El jueves 25 de noviembre de 1976, a las 18 horas, tocan el timbre del departamento en que vivía con mi esposo, el Dr. ALBERTO SAMUEL FALICOFF y mi hijo ALFREDO FALICOFF, quien tenía entonces dos años de edad. Veo por la mirilla a cuatro hombres de civil contra la pared, quienes al darse cuenta de mi presencia tocan la puerta, me dicen que abra o tiran; como el nene estaba sentado mirando televisión en dirección a la puerta, yo abro. Rápidamente entran y me sujetan de los brazos. Me asusto y grito. Me dicen "cállese, por el nene" y me preguntan dónde está mi marido, a lo que respondo que trabaja en una clínica. Entonces comienzan a recorrer y examinar la casa, encerrándome con mi hijo en su dormitorio. Registran el living-comedor, desarman la estufa y las persianas y sacan los cuadros. Eso lo veo porque el nene pide para ir al baño y me dejan llevarlo. Así pasó una media hora, hasta que me ordenan preparar la cena al nene. El trato conmigo era bueno y me dicen que saben que yo no hago nada y que vienen a buscar a mi esposo. Al rato traen al portero y también lo encierran en el departamento. Según ellos para evitar que alerte a mi marido. Lo mismo hacen con el vecino que vino porque creyó que se trataba de ladrones. El portero que era muy viejito estaba muy asustado. Como a las dos horas llegó mi marido, quien abre la puerta con sus llaves. Al sentir el ruido del ascensor me mandan de nuevo al dormitorio de mi hijo. De inmediato se encierran con mi esposo en el nuestro y comienzo a sentir ruidos de lucha, empujones y golpes. Luego llega un oficial de Servicio de Inteligencia del Ejército y con él, otro más.

Todos estaban muy bien vestidos con traje, corbata y un aparato de comunicación tipo walkie talkie. Subían y bajaban tranquilamente y, en una oportunidad, le trajo golosinas y figuritas al nene, que se portaba muy bien con ellos porque le dejaban tocar los revólveres. Me hacen preparar ropa para el nene ya que deciden llevarme. Yo pido que lo dejen despedirse de su padre y me lo conceden. Entonces veo a mi esposo con las manos atadas con un cable. Explico al nene que lo van a llevar en auto a la casa de la abuela y les suplico que lo hagan. Les doy la dirección de mi madre en el Chaco y el número de teléfono. Inmediatamente nos llevan a nosotros. Se llevaron el dinero que teníamos en los bolsillos y las alhajas se las guardaron los que iban encontrando. A mí me dicen que si tengo algún remedio que tomo habitualmente me lo lleve. Así lo hago. Bajo en el ascensor junto con mi esposo y tres de ellos. Me pusieron lentes de sol con papel pegado en la parte interior de los vidrios. Mi esposo iba con las manos atadas. Eran las 21.30 horas. Nos llevan en distintos autos. A mí en uno color amarillo huevo flamante. Al salir voy sentada atrás con uno de ellos, los otros de adelante no habían entrado al departamento y le preguntan, despacio, por qué no me atan las manos. El de atrás contesta: "esta no es problema". Las primeras cuadras voy sentada y trato de ver el camino, de Patricios doblan por Martín García y luego por Almirante Brown, allí se dan cuenta de que espío y me ponen la cabeza sobre las piernas del que va a mi lado, con un revólver apuntándome. Luego de andar a gran velocidad durante aproximadamente 20 minutos, llegamos a un lugar. Queda el auto y me hacen bajar y caminar unos 30 metros. Vienen otros y dicen que por qué no entran con el auto. Contestan que se les trabó el cambio de luces y están con la alta y que no van a entrar con luz alta. Entramos a un edificio con una puerta muy grande (de garage o, quizá, mucho más aún). Por lo poco que puedo ver se trata de un salón muy grande donde no hay nada. Me llevan por una escalera en caracol a un subsuelo. Allí me hacen cerrar los ojos y me colocan un antifaz muy ajustado con elástico atrás que inmediatamente, me produce un intenso dolor de cabeza. Me colocan las esposas en las manos y grillos en los pies unidos por una cadena con candados en ambos grillos. Éstos son muy ajustados y de bordes filosos. De allí me pasan a una especie de celda; este lugar está lleno de ellas. Es decir, son pequeñas habitaciones de aglomerado o cartón prensado, con sillas y un pequeño escritorio. Allí me dejan un rato y puedo escuchar, en la de al lado, que están interrogando a mi esposo, pero no alcanzo a distinguir qué dicen.

El interrogatorio y el encierro: Pronto me llevan a otra habitación mucho más alejada y me dicen que recuerde que mi número es el 103. Después de una media hora entra una persona y me dice si voy a decir algo o prefiero que me den de entrada. Yo digo que no sé absolutamente nada. Comienzan preguntándome nombre, número de documento, nombre de mis padres, hermanos, de mi esposo, sus padres y hermanos, fecha y lugar de nacimiento. Se van y al rato vuelven, y me preguntan lo mismo. Más tarde, otra vez, pero ya me piden que les cuente qué hacía mi esposo en Córdoba. Respondo que, por su actividad como médico se había vinculado con pacientes cuyos padres estaban presos y, de a poco, habían empezado a pedirle colaboración con dinero, muestras de leche, etc. y me consta que sólo hacía eso, puesto que siempre traía a casa tarros de leche, ropa usada, libros y otros alimentos para la cárcel. Luego decidimos trasladarnos a Buenos Aires. En ese punto del interrogatorio entran otras personas, no me dan importancia y se van todos. Comienzo a sentirme totalmente agotada y me duermo sentada. Cuando vuelven comienzan a preguntarme otra vez número de documento. Yo ya, realmente, no los recuerdo de tan agotada que me siento y se los digo. Entonces se van. Al rato comienzo a sentir mucho ruido de agua a través de una de las paredes que es de material y enseguida los gritos de mi esposo que los insulta y les repite "asesinos" constantemente. Esto se repite, aproximadamente cada hora o quizá menos. Es evidente que la sala de tortura está al lado. Al día siguiente –supongo—me sacan y me llevan a un pasillo en el mismo piso. Entonces tengo las piernas tan hinchadas que los grillos comienzan a cortarme la piel. Viene el enfermero, me los afloja y me pone algodón alrededor. Un guardia le dice "porque hace eso" y el enfermero contesta "y... es para no tener que curarla después". Me pregunta que cómo, siendo médica, estoy metida en esto, que él no lo puede entender, que con tanta plata que podríamos ganar venir a terminar así. Agrega que cualquier cosa que necesite, pida hablar con Pedro el enfermero, ya que hay otros Pedros. En el pasillo había, a cada lado, sillas contra la pared, una muy cerca de la otra. Me dicen que cierre los ojos, me sacan el antifaz y me ordenan abrir los ojos. No veo nada ya que me sacan fotos y el flash no me lo permite. Se acerca uno de los que fue a mi casa y me pone una capucha de tela gruesa y blanca. Me aclara que, teniendo esa capucha, no me van a molestar. Eso es porque van llevando la gente a la sala de torturas de acuerdo al orden de las sillas. Se nota, porque la puerta está cerca y, cada vez que se llevan a uno, al rato comienzan a escucharse los ruidos del agua y los gritos de dolor desesperado, a pesar de que, permanentemente, hay prendido un grabador con todo tipo de música, muy fuerte. Hay unas canciones en especial, que son las que más repiten y cuya letra, a pesar de lo gastado de la cinta se entiende que dice, más o menos así: "y ahora qué son, dónde están, qué son sus ideales, etc.". Me pregunta qué problema tengo, por qué tengo las piernas tan hinchadas. Digo que sufro del corazón, que tengo insuficiencia cardíaca y, por lo tanto, mala circulación. Me ponen otra silla al frente, para apoyar las piernas. Me pregunta si lo conozco por la voz y le digo que es uno de los que estuvo en mi casa y le pregunto por el nene y me dice: "Quedate tranquila. Ya le avisamos a tu familia y vino a buscarlo". Después noto que, en la silla de al lado, traen a mi marido ya que reconozco su pantalón y sus zapatos. Durante todo el tiempo que estoy allí escucho los mismos ruidos: grabador fuerte, gritos de dolor, ruido de agua. Los guardias allí usan botas de goma. Supongo que paso allí todo un día y una noche pues se interrumpe la música en dos oportunidades en que traen comida y sirven a los guardias y personal superior. Consumen éstos bastante vino, ya que mandan a los guardias a traer más. Además se les siente el olor. El Jefe máximo viene y pregunta cómo va la cosa. Le comentan que se les murieron tres personas, dos hombres y una mujer. El Jefe dice que tengan más cuidado, que es mucho para un día. Ese día llevan a mi esposo en varias oportunidades y puedo reconocer sus gritos. Por dos veces escucho que tiene dificultad para respirar y es como si se tragara la lengua. Paran la música y llaman por micrófono al médico urgente. Se sienten corridas y después, al médico que dice que si lo quieren vivo hasta por ahora, que no va más. Luego me llevan a mí a una de las habitaciones. Esta vez me sacan la capucha y veo que están varios de los que fueron a mi departamento y otro a quien no conozco. Ahora me tratan mal, me preguntan nuevamente los datos y entra un torturador que lleva vaqueros, chomba roja y botas de goma; es rubio, cara colorada y les dice "yo le doy". Y a mí me dice: "dale, estoy apurado, decí si sabés algo, o te doy con la picana de 6 puntas". Los otros quieren apurarme, yo lloro y digo que es cierto, que yo no sé nada, que no milité y que como eso no me gustaba siempre traté de no saber nada. Me preguntan con qué dinero vivimos y digo que con el nuestro. Me mandan de nuevo al pasillo. Después de unas cuantas horas, a muchos de los que estábamos allí, nos hacen formar una fila, uno con las manos sobre los hombros del de adelante. Seríamos, quizá, unos diez, y nos hacen caminar, subir una escalera y, después, un ascensor. Subimos probablemente cinco pisos y allí nos hacen agachar y nos indican cómo estirarnos sobre una colchoneta. Al lado mío hay uno que no se acomoda bien y lo tienen aproximadamente una hora a patadas y trompadas. Inmediatamente quedo profundamente dormida. Me sentía completamente agotada, ya no me importaba lo que me sucediera. Tanto que cuando me llevaban me manosearon y ni siquiera me asusté. Cuando me despierto sirven sandwiches, me hacen sentar y como unos bocados y no puedo más. Sigo durmiendo, creo que todo el día, no pude precisarlo. A la mañana me despierto y están repartiendo, por orden, un cazo de cocido. Me siento descansada, trato de espiar un poco. Escucho que los que se encuentran igual que yo llaman al guardia para ir al baño. Yo hago lo mismo y pronto uno me hace levantar y me doy un golpe en la cabeza con una viga. Me doy cuenta que el techo está muy bajo. En el baño el guardia me saca la capucha, me pregunta cuántos años tengo, si soy casada y si tengo hijos. Él es un pibe de, aproximadamente, 17 años. Se porta muy atento y me dice que lea lo que dice en mi capucha y veo escrito con fibra sobre la tela "posible franco". Le pregunto qué significa y me dice que me van a largar. Me pregunta que porqué estoy ahí y digo que es un error. Su única misión es cuidar que los prisioneros no hablen, no levanten la capucha y, a los que lo hacen, puede pegarles a gusto hasta matarlos. Les enseñan karate, defensa personal, les hacen leer libros tipo PAPILLON y odiar a los prisioneros, de quienes lo único que conocen es que "son enemigos de la patria, que la quieren destruir, destruyendo al ejército". Son pibes entre 15 y 20 años. A veces los llaman infantes pero, en general, tienen nombre de pila. Por las noches les pasan botellas de vino y, entonces, se ponen muy violentos. Este guardia me cuenta que a algunos de ellos los llevan a acciones, a veces como atención especial o premio a méritos. Se sienten orgullosos de ello. Por ejemplo, me contó que el día anterior le había tocado ir a una casa que alguien había denunciado, que correspondía a la descripción y que, como los dueños trataron de escapar, tuvieron que tirar y mataron a una mujer joven con un niño de unos dos o tres años. Que después pudieron comprobar que no tenían nada que ver y que eso a él le había hecho mal pero de que toda la culpa la tiene quien denuncia a gente inocente. Me llevó de nuevo a mi lugar, allí continúo espiando y puedo ver que se trata de una larga habitación en forma de ""le"" que está improvisada sobre la terraza del edificio, ya que las paredes exteriores apenas tienen un metro de altura. Desde allí comienzo un techo a dos aguas que tiene su parte más alta en la mitad de la habitación, que es donde andan los guardias, y que en el ángulo de la "ele" tienen una mesa grande donde comen y tienen un botiquín y un pequeño fichero, nosotros estamos ubicados a ambos lados en una especie de cajones de aglomerado de aproximadamente un metro de alto. Los cajones que a mí me tocan están improvisados, lo que permite moverlos cuidadosamente. El rectángulo está formado por cuatro partes independientes y, a la vez, cada una de ellas tiene forma de "ele". Este detalle tiene para mí mucha importancia por lo que cuento más adelante. Ese día me doy cuenta que traen a alguien al cajón de mi lado izquierdo, que después escucho que se queja apenas, como si estuviera muy mal. Me parece que es mi esposo, entonces me muevo y voy desplazando una de las paredes y cambio de posición (estamos acostados en el suelo sobre una colchoneta y una manta. Esto es todo lo que tenemos). Así consigo ver a mi esposo sin camisa, está todo marcado por las picanas. Llama la atención que no tiene más de dos centímetros seguidos de piel sana, transpira mucho y pide agua, agua; pero su voz es muy débil y tiene dificultad para mover la lengua ya que no le salen las palabras. Viene un guardia y le dice que no moleste, que no pueden dar agua porque de lo contrario se moriría. Nos hacen sentar y nos dan un sandwich y una botellita con agua y un vaso con caldo. Escondí la botellita y, cuando pasan a retirarla no se dan cuenta de su falta. Entonces, siempre alerta paso mis manos al cajón de mi esposo y puedo tocarlo. Me doy cuenta que tiene fiebre. Él trata de tocar mis manos. En ese momento le paso el agua, se la toma toda, lo mismo al día siguiente. En los próximos días le permiten comer y le dan agua. Poco a poco se va recuperando. En una oportunidad en que los guardias se descuidan hablamos un poco, me dijo que había salido en auto con ellos diciéndoles que iba a llevarlos a una cita cerca del Hospital Italiano, en un descuido se tiró del auto y un ómnibus frenó sobre su cuerpo, alcanzó a gritar su nombre para que avisen a su familia, inmediatamente lo subieron nuevamente al auto y después de traerlo lo torturaron más que antes. Trató de alentarme y me dijo que estaba muy orgulloso de mí. El mes que pasé allí fue con todos sus días iguales, siempre acostada, con los grillos permanentes. A veces me sacaban las esposas por algunos días y la capucha permanentemente. Siempre con la luz eléctrica y la música muy fuertes. Una vez por día, después de mucho pedir me llevaban al baño. En tres oportunidades a bañarme y cambiarme la ropa que ellos me daban. En tales circunstancias, los guardias abrían la puerta cuando querían. Había que desvestirse, bañarse y estar vestidos en 3 minutos. Para el baño nos sacaban las esposas, cadenas y grillos. La comida siempre fue la misma: por la mañana un vaso de cocido, a mediodía un sandwich de carne y, a veces un vaso de caldo. Por la noche, lo mismo. Algunos días nos suprimían una o dos comidas. No sé exactamente cuánta gente estaba allí pero calculo que serían unas 50. Las embarazadas, hay muchas, tienen un régimen especial de comidas: por la mañana café con leche, a mediodía y noche, bife con puré y a la tarde café con leche. A veces les daban vitaminas. Todos los días los guardias castigan a dos o tres personas. Con cualquier excusa: porque se les movió la capucha mientras dormían, porque no estaban bien acostados; porque sospechan que espiaban o por cualquier otro motivo. Los castigos consisten en patadas y trompadas durante horas hasta quedar inconscientes. El pánico es permanente. Una sola vez la situación se invirtió: se había cortado la luz y, asustados, los guardias salieron huyendo. Luego se dan cuenta del papelón y regresaron, con las armas en la mano diciendo "todos quietos, sin moverse" pero se nota que les tiembla hasta la voz. Otra vez se cortó la luz –sería el 20 de diciembre—y se pudo escuchar un desfile de tropa. En los primeros días hicieron una revista preguntando el nombre y el número de cada uno. A mi lado está mi esposo, con el 104; yo, 103; al lado, con el 102, un abogado que sacaron de un estudio en la zona de Palermo, apresado en la misma fecha que nosotros. Lo pude ver de la misma forma que vi a mi esposo, tenía la piel mate, pelo negro ondulado y barba, constitución normal. Llevaba un antifaz. Después pude escuchar que había un veterinario y su hermano, una maestra que había sido traída un mes antes y que –según supe—era recién casada, con un viudo con hijos y que la tenían hasta que aparecieran sus hermanos, de quien ella no sabía dónde estaban. La sacaron de la habitación unos días antes de salir yo, supongo que la largaron. Había, entre los prisioneros, una persona a quien le decían "pata de palo"; estaba muy cerca mío y, por la voz, parecía ser una persona mayor o muy debilitada. Una noche los guardias se emborracharon y empezaron a hacer apuestas entre ellos de que lo iban a hacer parar sobre la pata de palo. Lo llevan al medio de la habitación y lo ordenan hacerlo. Él suplica, dice que es imposible, que se va a caer. Entonces comienzan a pegarle trompadas y patadas y lo paran ellos. Por supuesto, se cae. Lo vuelven a parar, le vuelven a pegar y así casi toda la noche. Fue un espectáculo de lo más macabro. Los guardias enloquecidos, pegando sin descanso, y el pobre hombre suplicando. Ruidos de golpes en pulmones, en el abdomen, ruido de huesos rotos. Terminan cuando ya está inconsciente. Después se lo pasó delirando durante dos o tres días hasta que llaman al médico: dice que tiene muchos huesos fracturados y ordena que lo lleven. No lo escucho más. Los primeros días de diciembre se produce un traslado. Aparentemente se llevan a las personas que hace más tiempo que están allí. Sin embargo, entre ellos, llaman al abogado que está al lado mío. En total: unas cuarenta personas; les ajustan las esposas, los grillos, las capuchas; los forman y los llevan cuando se siente el ruido de un avión, como si hubiese aterrizado muy acerca. (Aclaro que el ruido de aviones es muy frecuente. También se escucha un tren y el helicóptero, dos o tres veces casi todos los días). Al rato se oye el ruido del avión otra vez y nada más. Un guardia pregunta a otro adónde se los llevan y le contestan: "Carne para los pescados". Quedamos muy pocos en el salón y nos cambian de lugar. Por suerte mi esposo y yo seguimos juntos por el número seguido. Pero aclaro que allí hay tres o cuatro del número 100, otros del 400; 700; 900; etc. Al día siguiente comienzan a traer muchísima gente nueva y así en los días sucesivos hasta tener que ponernos en el suelo, en los pasillos de los guardias. A muchos los sacan por la noche y los mandan a vestirse. Parece que los largan. También, cuando llueve muy fuerte (escucho la lluvia a pesar del ruido porque el techo está sobre nuestras cabezas), sacan gente como para dejarla en libertad. Se fijan de que esté bien vestido y, si es una mujer, de arreglarla en lo posible. Ahora no puedo ver a mi esposo, ni hablarle porque mi nuevo cajón tiene madera completa. Pero él se hizo amigo de un guardia ocasional –es decir uno que no trabaja allí pero que viene a cubrir lugares porque hay mucha gente de vacaciones—este muchacho es realmente muy bueno y, arriesgándose él, nos lleva al baño y nos deja charlar sin las capuchas. Claro está que con su presencia, así que sólo podemos hablar de nosotros. Mi esposo tiene el hematoma muy reducido pero la luxación ya le dijo el médico que no se le van a arreglar porque sería indispensable una anestesia general que relaje los músculos y allí no se puede hacer. Que para ello tendrían que trasladarlo y que un traslado es imposible. Aclaro que el enfermero para cada dos o tres días, pero nunca tocan a nadie, aunque suelen dar algún remedio, en general laxantes, antiespasmódicos y gotas oculares, ya que por la capucha y el antifaz todos tenemos conjuntivitis. Las gotas las tienen los guardias y, a veces, cuando uno dice que tiene que colocarla es el mismo guardia quien lo hace. Yo había empezado a sentirme mal; a tener pesadillas con mi hijo todas las noches ya que, a pesar de haberme dicho que lo tenían mis padres, yo no les creo. Todo esto se debe a que me han sacado la capucha blanca y me pusieron una de greseta, igual a la de todos los demás. Además, en función del tiempo transcurrido, me doy cuenta de que tengo pocas posibilidades de que me larguen, ya que a los que llevan es a los que hace muy poquito que están. Lo comento con mi esposo y él trata siempre de alentarme. Me paso el día pensando en cómo salir de allí. Planeo una, pero empiezo por ver cómo hacer para conocer el lugar. Así, empiezo por decirle al guardia que me lleve al baño que, con el agua que nos dan nos morimos de sed (cosa que, además era cierta) que yo me ofrezco para cargar las botellas cuantas veces sea necesario, así como para hacer cualquier trabajo, limpiar, etc., ya que de tanto estar acostada comienzo a sentirme débil y que tengo miedo de no poder andar bien cuando me lleven a mi casa la semana próxima (eso es todo cuento). Lo cierto es que el guardia comienza a llevarme a lavar platos, al baño y ya me dejan sin esposas, cargar las botellas con agua, limpiar los baños. En algunos cubiertos y vasos hay un sello del Ejército Argentino. Así, pasan los días. El baño no tiene ventanas pero hay una puerta cerrada con llave que es el guardacosas de los guardias. Un día lo encontré abierto, entré y vi que allí había ropa de civil de los guardias y una ventana cubierta con una manta. La levanté y vi un vidrio grueso y una tela metálica también gruesa por fuera. Se ven muchos árboles altos, y más allá alambre tejido alto, una pick up y una especie de garage. Lo de la ventana se podría arreglar rompiendo el vidrio y cortando la tela metálica. No estamos muy alto, seguramente un 4to. o 5to. piso. Harían falta mantas para bajar. Pero el alambre tejido, estará electrizado? Y, más allá, qué habrá? No puedo ver. Además, tendríamos que sacarnos la cadena. Cuando nos van a bañar abren los candados con una llave maestra que tiene el jefe de los guardias y que sólo se las da en esas oportunidades. Me doy cuenta de que mi esposo está muy débil para todo eso, además tiene un hombro luxado. Pero, será cuestión de seguir pensando. Un día mientras estaba lavando los platos me trajeron para lavar pañales y una bombacha de goma. Me impresionó mucho porque comprendí que allí había niños, del otro lado de donde estábamos. En otra ocasión, escuché la voz de niños de unos cuatro años preguntando a los guardias por qué el padre tenía puesta esa cosa en la cabeza. Le pregunté al guardia cómo era posible que hubiera niños allí. Me dijo que sólo estaban ellos, que los trajeron con los padres y no tenían dónde dejarlos, pero al día siguiente se los iban a llevar. También otro día me llevaron a la ropería para que acomodara la ropa que traen del lavadero según sexo y tamaño. Vuelvo a ver allí ropa de niños. Andando por esos lugares escucho voces de mujeres que se ocupan de la cocina y de coser la ropa rota. Los guardias, cuando terminan su turno, comentan que van a la pileta. Al otro día me bajan y me hace pasar a uno de los boxes. Me sacan la capucha y me dejan sola un momento. Miro las paredes del box y me impresiona la cantidad de manchas de sangre que tiene. Algunas muy altas. No me explico cómo fue que se hicieron, ya que son grandes y alrededor más pequeñas, como salpicaduras, monstruosas. Vuelve y me dice que le hable de algo, le digo que yo no sé nada y que en lo único que pienso en ese momento es en mi marido y mi hijo, que tengo pesadillas con el niño y que si no me largan me sacaré la capucha y entonces yo sé bien que eso significa que los guardias me van a matar. Que me larguen, que no sé para qué me tienen allí. Me dice que es muy probable que salga. Le dicen a un guardia que me lleve nuevamente arriba. En uno de los descuidos del guardia le digo a mi marido que es probable que salga y que esté atento en los descuidos de los guardias para que hablemos. Pero nos vigilaban, especialmente desde esa noche hasta la salida. A la noche siguiente viene el jefe de guardia, me hace levantar y me ponen las esposas con las manos atrás, levantan mi colchoneta y revisan mi cajón. Me palpan los senos y entre las piernas, me tienen a los empujones y me cambian de cajón. Durante el interrogatorio anterior se me había informado que, si bien se ha comprobado que no tengo participación en las actividades que determinaron mi arresto, es mucho el tiempo que ha transcurrido, de mi presencia en ese lugar de detención y que, en estas circunstancias, no puede salir nadie. Les digo que no pueden cometer una injusticia que se sume a la de por sí arbitraria detención de mi persona y, previo un intercambio de opiniones entre ellos, proceden a interrogarme exhaustivamente sobre todas las circunstancias que pudiere haber observado durante mi permanencia en ese lugar. Así, fui interrogada respecto de cuál era mi opinión en relación al trato que recibían los prisioneros, si opinaba que allí se torturaba, si tenía alguna idea de dónde me encontraba, como asimismo, a qué autoridad de seguridad correspondían los procedimientos allí realizados. A todo este interrogatorio respondo que ignoro totalmente los detalles que se me requieren y que entiendo que el tratamiento era adecuado. Me preguntan qué sabía de mi marido y respondí que sé que estaba vivo, negando haberlo visto. Soy conducida nuevamente a mi lugar habitual de permanencia en donde los guardias me esposan a la espalda a la vez que, atentamente vigilan si trato de realizar alguna comunicación con mi marido. Esa tarde me mandan a bañar y a cambiarme de ropa. Aparece el que me había dicho que iba a salir y me dice que voy a viajar a Resistencia, a la casa de mi madre. Está tan borracho que me da miedo y vuelven a ponerme las esposas con las manos atrás y me mandan a un cajón. A mi lado hay una chica con un ataque de asma y también la esposaron con las manos atrás. Está enloquecida pues, con capucha, se ahoga más aún. Tiene una máscara para respirar a su lado, pero con las manos atrás no puede ponérsela y pide a los guardias que se la pongan. No la escuchan. Al rato me hacen levantar, me sacan las esposas y grillos y viene el borracho y me lleva abajo. Pronto me doy cuenta, por el fresco, que estoy afuera. Se acerca un auto y me hacen subir. Llueve, me hace sentar en el asiento de adelante. Me da un montón de vueltas. Supongo que en el parque del mismo edificio ya que se nota que el camino es barroso y el auto va de un lado a otro. Además, me parece que está dando vueltas en el mismo lugar. Así, durante un rato. Luego salimos al asfalto y anduvimos un par de horas hasta que me hace sacar el antifaz que me había cambiado por la capucha antes de salir. Estamos en la General Paz. Estoy sola con el curda. Me dice que estoy en absoluta libertad, pero que no me comunique con mis suegros, que no viaje nunca a Córdoba. Que por unos meses no aparezca en Buenos Aires. Me reitera que todos mis movimientos van a ser muy vigilados y que recuerde que con ellos queda mi esposo. Le digo que me voy a ir del país y me dice que, si lo hago, deje pasar mucho tiempo, que de lo contrario voy a tener problemas. Son las 5 de la mañana del 24 de diciembre de 1976. Me entrega un documento, la cédula de la Policía Federal, con una foto de las que me habían sacado allí, con un número que no corresponde con la mía auténtica y una firma imitada. Me dice que ni bien llegue al Chaco lo queme y gestione los míos duplicados. Me da tres millones de pesos, me dice que vaya a la ventanilla de Austral, que tengo reservado un pasaje de parte del señor Ramos, que si no hay lugar me van a llegar en la cabina de los pilotos y que le compre a mi hijo un karting para Navidad. Me deja en la entrada del Aeropuerto. A las 9.20 salió mi avión. Me doy cuenta que hay dos hombres, un pibe de 18 años y otro de unos 40 que me vigilan hasta que subo al avión. En el Chaco hay casi siempre, sobre todo de noche, distintas parejas en diferentes lugares de la calle en autos, por la calle de la casa de mi madre y nunca me doy cuenta de que me sigan, aunque apenas si salí a la puerta durante meses.

Producida mi liberación estuve en mi casa en el Chaco. Cuando concurrí al departamento central de Policía a tramitar el pasaporte, luego de largas tramitaciones y presiones psicológicas, se me dijo que existía allí una denuncia de mi desaparición. Interrogada respecto de quién la había formulado, contesté que la misma fue realizada por mi madre. Seguidamente se me hizo firmar una declaración según la cual yo me había ausentado de mi domicilio voluntariamente y por razones particulares. Luego de haber suscrito esa declaración se me hizo entrega del pasaporte, advirtiéndome "vos del país, con estos antecedentes, no podes salir si no firmas esta declaración".

Notas:
1 Algunos de los lugares mencionados en las denuncias en las que se alega han estado personas que figuran como desaparecidas son: Campo de Mayo; Superintendencia de Seguridad Federal; Puente 12 en el Camino de la Cintura; Base Naval de Mar del Plata; Brigada Guemes; Escuela de Mecánica de la Armada; El Pozo de Arana en la Ciudad de La Plata; Guardia de Infantería en Palermo; Regimiento militar "La Tablada"; Comisarías de Policía; y Regimiento Militar "La Rivera", en Córdoba, y varios otros más que se mencionan en el Capítulo V.

2 En el Capítulo V referente a la Integridad Personal, sección D, se hace mención a los diferentes sistemas de torturas aplicados.

3 Un ejemplo es el de Alvaro Aragón, detenido bajo el PEN, caso 3999. El señor Aragón afirma en las declaraciones ante el juez que conoce de la causa en favor de Adolfo Rubén Moldaswky, caso 2398, que estuvo en esta etapa de su detención con él, que hablaron en varias ocasiones hasta que fueron separados, sin conocerse hasta el momento el paradero del señor Moldaswky.

4 Véase la sección D.

Leer: Informe de la CIDH: 14 de Diciembre de 1979 (V)

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